¿ QUE ES o QUIEN ES UN ESPAÑOL DE ORIGEN ?

No se si es el término el que produce la confusión o cual es el problema realmente. Lo cierto es que abunda gran desinformación sobre el significado de "español de origen". En el extranjero podría justificarse el desconocimiento por vivir "lejos" de la legislación española, pero aquí en España que los españoles crean que español de origen es el que nació dentro del territorio español es por lo menos sorprendente.

Español de "origen" = español de "nacimiento" = haber nacido con la nacionalidad española por haber nacido de padre o madre español


Quienes son los españoles de origen esta perfectamente explicado y legislado en el Código Civil articulo 17

Los nacidos de padre o madre español, parecería ser suficiente explicación, pero vamos mas allá....

Un español viaja a otro país, (mientras no pierde la nacionalidad española) allí tiene hijos, estos hijos que nacen de padre español son español de origen (art 17 C.civil).
Luego estos hijos mientras no pierdan la nacionalidad española tienen sus propios hijos (note que son nietos del emigrante español), este "nieto" también nace español de origen por nacer de padre español.(4ª gen.bisnieto)
Luego esta persona mientras no pierda la nacionalidad, tiene un hijo (5ªgen), este niño también es español de origen. Y así sucesivamente por infinitas generaciones.

Así que podemos perfectamente encontrarnos con un bisnieto de un emigrante español que a pesar de tener otra nacionalidad extranjera, también sea español de origen.

La cadena de transmisión de la nacionalidad de una generación a otra se corta, cuando alguno pierde la nacionalidad por incurrir en alguna causa de pérdida estipulada en la Ley, y su hijo nace después, de esta forma este hijo ya no nació de padre español porque su padre la había perdido antes de el nacer. Por lo tanto no tiene la nacionalidad española de origen.


Un español de origen que pierde la nacionalidad, puede recuperarla. Luego de la recuperación seguirá siendo un español de origen.

No es español de origen el nacionalizado por residencia, el que "opta" por la nacionalidad española, etc. Pero los hijos de éstos, nacidos después de la nacionalización por residencia u opción, etc., sí son españoles de origen.

Un español de origen "nace con la nacionalidad española" en el momento mismo que ve su primera luz, ya es un español más. Luego habrá que inscribir su nacimiento en un Registro Civil y mas tarde tramitar su D.N.I.
Y aunque nunca inscriba su nacimiento o tramite ningún documento, igualmente es un español de origen desde su nacimiento por nacer de un padre español.

Hasta entrada en vigor La Constitución española en diciembre de 1978, la nacionalidad era trasmitida solamente por los hombres a sus hijos. A partir de entonces también la mujer trasmite la nacionalidad a su prole.

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