Si deseas conocer el estado de tramitación de tu expediente de solicitud de nacionalidad española por residencia, ya esta operativa la (click aquí =>) CONSULTA TELEMATICA del Ministerio de Justicia.
Solo debes ingresar tu numero NIE y el numero de expediente.




141 comentarios:
Hola buenas,
He recibido la carta tras tres años para jurar la constitución. Pero me indican que debo volver al registro civil a pedir cita. Como me corresponde Torrejón de Ardoz y solo dan 20 números por día, me dices que debo pasar toda la noche para ver si consigo uno de estos números. ¿Saben como puedo evitarlo o si es necesario?
Gracias por adelantado
Dacrisel
Hola
Necesito ayuda de como conseguir la nacionalidad española sin ser residente en España.
Soy de guinea ecuatorial y estoy casada con un español, residimos en mi pais.
Tambien soy madre de dos hijos españoles.
Gracias
blackqueen
estar casado con un español no da derecho a obtener la nacionalidad española.Tampoco ser madre/padre de uno. Solo podras hacerlo por residencia de 1 año en españa (mas 2años que demora el tramite)
soy argentino mayor de 21 años, nieto de español nacido en españa, mi padre argentino tramito la ciudadania española, Yo presente los papeles en el consulado español y me los aceptaron, pero me dijieron que la partida de nacimiento que me dan, no sirve para sacar el pasaporte español, Alguin sabe como est esto??
Quizás no te corresponda ahora la nacionalidad y tu acta diga "sin presunción de nacionalidad"
Te recomiendo leer http://www.joseluisperez.net/preguntassobrenacionalidadespaola.pdf
y luego volver a consultar aclarando si tu abuelo paterno era español, la fecha de nacimiento de tu padre, la fecha exacta en que tu padre hizo la colimba, y la fecha de nacimiento tuya
soy argentino mayor de 21 años, nieto de español nacido en españa, mi padre argentino tramito la ciudadania española, Yo presente los papeles en el consulado español y me los aceptaron, pero me dijieron que la partida de nacimiento que me dan, no sirve para sacar el pasaporte español, Alguin sabe como est esto??
GRACIAS POR LA RESPUESTA
MI ABUELO PATERNO ERA ESPAÑOL NACIDO EN ESPAÑA, EMIGRO EN 1920, MI PADRE NACIO EN ARGENTINA EN 1930, NO HIZO EL SERVICIO MILITAR, SE NACIONALIZO ESPAÑOL EN DICIEMBRE DE 1999 Y YO NACI EN 1963 Y CUMPLI MI SERVICIO MILITAR EN 1982, PRESENTE MIS PAPELES EN EL CONSULADO HACE UN MES.
MI NOMBRE ES ARIEL
Falta saber si tu abuelo se nacionalizó argentino y en qué fecha.
En definitiva, si el acta de tu padre dice al margen si OPTÓ o RECUPERÓ su nacionalidad.
Pero de cualquier modo, todo indica que naciste cuando tu padre era solamente argentino y por lo tanto no naciste español.
Si tu padre RECUPERO su nacionalidad española, seguramente podrás optar en Diciembre.
Si tu padre hizo OPCION, dependes de la reglamentación de la ley, para ver si te corrsponde como nieto de emigrante
MI ABUELO NUNCA SE NACIONALIZO ARGENTINO
EL ACTA DE MI PAPA DICE: RECUPERACION
ENTIENDO QUE PODRE OPTAR EN DICIEMBRE, PERO PORQUE ME ACEPTARON EL TRAMITE AHORA?? Y PARA QUE ME SIRVE EL ACTA QUE ME VAN A DAR EN UN PAR DE MESES??
Y LA PREGUNTA MAS IMPORTANTE MI HIJO DE ONCE AÑOS PODRE HACERLE EL TRAMITE DE CIUDADANIA ESPAÑOLA??
MIL GRACIAS
ARIEL
Ariel
Cuanto te entreguen tu acta verás si dice "no se presume su nacionalidad española".
En cualquier caso, cualquier persona que obtenga la nacionalidad española por cualquier vía, puede hacer que sus hijos menores de edad la obtengan, por el artículo 20.1.a del código civil vigente.
Cuando te den el acta nos contarás.
Al ya tener tu acta en el consulado que prueba que eres hijo de un español, tu trámite en Diciembre será muy sencillo.
Simplemente escribirán al margen que "optas a la nacionalidad de origen por ley 57/2007"
JAVIER:
MUCHAS GRACIAS MUY ILUSTRATIVO Y LA PAGINA CON LOS EJEMPLOS ESTA ESPECTACULAR.
TENGO FECHA PARA RETIRAR EL 24/10/2008
CUANDO RETIRE PROMETO CONTAR MUCHAS GRACIAS.
ARIEL
halgien me puede decir despues del juramento cuanto tengo que esperar para que me den el DNI yo hize el juramento en mayo.
Despues del juramento, hay que esperar a que se inscriba tu nacimiento. Cuando este inscripto, pides el certificado para dni que lo tramitas en la policia nacional. El tiempo de inscripcion difiere de un sitio a otro. Preguntalo en tu registro civil.
Muy Buenas mi nombre es Daniel explico mi caso a ver si entendí bien la excelente guía de pregunta y respuestas que está mas arriba:
Soy Venezolano mi abuelo y mi abuela españoles de origen (nacidos en españa) mi abuelo nació en Estella el 06/07/1923 y se nacionalizó venezolano el 04/07/1977, mi padre nació en Venezuela el 06/06/1949 y no presentó el servicio militar ni en España ni en Venezuela y solicitó la nacionalidad española el 22/11/2001, yo nací el 18/11/1983 (mi pade tenía 34 años) no presté servicio militar en Venezuela y actualmente resido en España. Estando en Venezuela solicité junto a mi hermana menor de edad, la nacionalidad española, a ella se la concedieron y a mí no alegando que yo tenía 18 años y 4 días al momento recuperar mi padre la nacionalidad. Mi pregunta es ¿Puedo yo apelar a esa decisión ante la DGRN? porque según entiendo nací hijo de un español de origen lo cal me hace español d origen y de ser así ¿cual debería ser el procedimiento? ¿Podría demorar mucho ese tipo de decisiones? Muchas gracias Excelente Foro
A tu hermana le hicieron un trámite de nacionalidad por opción de acuerdo al artículo 20.1.a del código civil por estar bajo la patria potestad de un español (cuando tu padre recuperó su nacionalidad).
Ahora bien, tu padre no debió de haber recuperado su nacionalidad pues nunca la perdió, al estar sujeto al servicio militar.
Tú y tu hermana son españoles de origen.
En tu caso debes de inscribir tu nacimiento.
Lo ideal sería que tu padre se presentar al consulado y pidiera la rectificación de su acta y que eliminen el cometario de recuperación.
Tú estás en España ahora?
Y tu padre
Muchas Gracias por tu aclaratoria, todos estamos en España, mi padre vino hace ya 4 años con mi madre y mi hermana, yo desde hace diez meses estoy aquí. Por eso mientras revisaba ese manual que publicaste me llevé esa sorpresa y ahora nos gustaría saber como hacer esos trámites porque de verdad lo del permiso de trabajo resulta bastante engorroso para mi y si por derecho soy español de origen pues me gustaría solucionarlo. Gracias :^)
Pues se me ocurre que tu padre debería de pedir la rectificación de su acta.
Y para ello presentar el certificado militar que prueba que no hizo servicio militar así como la cédula de extranjero de tu abuelo.
Cuando el acta esté rectificada y diga al margen "no perdió su nacionalidad por estar sujeto al servicio militar activo" entonces tú y tus hermanos serán españoles de origen
Otra duda Javier, yo tengo toda la documentación de mi abuelo incluso la gaceta oficial en la que se publica su nacionalización y toda la documentación de mi padre menos el documento del servicio militar, (pero ya sabemos como tramitarlo en venezuela), si entendí bien, con toda esa documentación y presentando los articulos de la ley y leyes anteriores que indican que mi padre no perdió la nacionalidad ¿quedaría demostrado que yo no la he perdido cierto? y de ser así ¿entonces yo podría aunque mi padre no tuviese lista la rectificación de su acta, solicitar la inscripción de la mía? ¿eso lo puedo tramitar ante la DGRN acá en canarias o debería hacerlo en madrid? Muchas gracias Javier me has sido de mucha ayuda
Daniel,
Luego que tengas el documento del fuerte militar, tienes que presentarte ante el Registro Civil más cercano a tu domicilio actual y solicitar la inscripción de tu nacimiento. Creo que deberías redactar una carta presentando el tema.
Enviarán el expediente a Caracas en donde el cónsul aprobara tu pedido, y eventualmente rectificará el acta de tu padre.
Javier muchas gracias por tu aclaratoria.
Procedo a contarles mi primer encuentro con la administración de Justicia:
Fuí a la sede del ministerio de justicia de mi localidad a preguntar donde solicitaba yo la inscripción de mi nacimiento y procedí a darle una explicación al funcionario que me atendió sobre mi caso, este sin dejarme terminar me dice que eso no procede porque español de origen es el que nace en españa de padre o madre español.
A mí no me extrañó su duda pero lo mejor vino cuando le mostré el código civil:
Artículo 17
1. Son españoles de origen:
a) Los nacidos de padre o madre españoles.
Esto parece muy claro para cualquiera que tenga un poco de idea en leyes, pero para este funcionario del ministerio de justicia ahí quedaba muy claro que había que nacer en España ( ]:o Sorpresa!!!).
El caso es que este Sr cada vez se molestaba más por mi osadía de creer conocer las leyes mas que él y cuando le dije que el Rey era español de origen aún cuando nació en Roma se molestó más y me dijo que si yo quería el le daba entrada pero que igual ese documento no prosperaba.
Así que bueno una vez que tenga listo el documento que demuestra que mi padre no hizo el servicio militar les sigo contando.
Por cierto ¿alguien sabe cuanto tiempo demora la inscripción de un nacimiento en el extranjero? Gracias!!!
Daniel,
Seguramente varios meses pues enviarán el expediente a Caracas.
Si me das tu email puedo ponerte en contacto con una venezolana que acaba de hacer el trámite del certificado militar y conoce las peculiaridades del mismo, para que hables con ella en el messenger.
Daniel, es lamentable que existan este tipo de funcionarios ignorantes puestos a dedo, y desafortunadamente son bastante mas de lo que podamos creer.
Con esa mala leche es probable que haya tirado tu solicitud a la basura. Asegurate de tener el recibo/comprobante de haber ingresado la solicitud para poder reclamar. Si no te lo ha dado, vuelve a hacerla porque la anterior esta en la papelera.
El juez encargado de tu registro civil, pedira la prueba del servicio militar, se comunicara de oficio con el registro del consulado en Venezuela, si son competentes procederan a la inscripcion de tu nacimiento y nacionalidad y corregiran el certificado de tu padre.
Si no lo son, enviaran todo a la DGRN para que ellos decidan, o te responderan negativamente y tendras tu que presentar nuevo escrito recurriendo esa decision a la DGRN en el plazo que te indiquen.
Te sugiero que hagas todas tus solicitudes por escrito y lleves un duplicado para que te lo sellen como comprobante que te lo quedaras tu como prueba de tu solicitud.
Lee el post "nuestros derechos ante la administracion publica"
Javier no conozco otra forma de hacerte llegar mi email así que lo pongo en público: danielsadaba@hotmail.com a cualquiera que pueda ayudarle o que necesite que le aclare los pasos que he tomado o las decisiones que han emitido en mi caso con gusto le responderé.
Por cierto si yo entrego los originales y debo apelar en maximo 20 días no creo que me devuelvan los originales cierto? lo digo por las partidas de nacimiento lo mejor será o tener mas originales o entregar copias certificadas.
NACIONALIDAD POR RESIDENCIA y casamiento con Español.
Me casé con un español y comencé en el 2005 el trámite de nacionalidad (residiendo 1 año aquí). Todavía no he tenido respuesta y hace más de tres años que comencé el trámite. Ni siquieran me citaron para jurar, nada, no tuve ninguna comunicación.
La pregunta es, qué sucede si ahora me divorcio, antes de que salga mi nacionalidad (que está solicitada por residencia y casamiento con español). Tendría que volver a iniciar todo el trámite? pierdo la posibilidad de tener la nacionalidad? y qué pasa con mi Residencia al divorcirame, me la pueden negar? Si tuviera que comenzar nuevamente el trámite, tendría que hacerlo por residencia legal, y comenzarlo TODO de nuevo?
Si alguien me puede asesorar al respecto le agradezco. Verónica (v.anton@wanadoo.es)
Soy ciudadano dominicano y estoy casado con una ciudadana europea. despues de aplicar para la visa de reagrupacion familiar, cuanto tiempo debo esperar antes de aplicar para la ciudadania española?
Como ciudadano de pais iberoamericano solo necesitas acreditar 2 años de residencia legal en territorio español
Veronica, deberias haber ido a preguntar al registro civil que pasa con tu tramite bastante antes y no dejarte estar tanto tiempo.
Si te divorcias antes de la concesion perderas el derecho que te permitio solicitarla por ese motivo. Tambien perderas el permiso de residencia que te vincula a tu conyuge
Hola me llamo Arianna y soy cubana de 19 años. Anteriormente escribi y estoy completando la informacion.
Mi duda es la siguiente: .
Mi bisabuelo nació en España por lo que era español de origen, luego vino a Cuba y concibio a mi abuelo sin perder su nacionalidad española, la cual conservo hasta que fue muy mayor y sus hijos ya eran mayores de edad. Mi abuelo quien tiene actualmente 76 años y nacio el 7 de agosto de 1932 no solicito nunca la nacionalidad española pero sin embargo fue español de origen hasta cumplir la mayoria de edad,y él no paso en Cuba servicio Militar. Yo queria saber si cuando mi abuelo concibió a mi madre cuando tenia 32 años él seguia siendo español segun alguna de las leyes que he podido leer. Mi mamá en la actualidad tiene 43 años. Yo queria saber si:
-Seria posible que despues que mi mamá adquiera la nacionalidad segun la ley 52/2007 que todos esperamos en diciembre yo pueda adquirir la nacionalidad de alguna forma o si ella la solicita por opción y logra despues cambiarla a origen yo pudiera acceder a la nacionalidad por ser mi mamá española via origen.
-Todo esto es suponiendo que la ley del 27/12/08 por fin quede aprobada.
Por favor estoy confundida. Aclarenme algun punto. muchas gracias por adelantado.
Arianna:
Tu bisabuelo seguramente era español, no por nacer en España, sino porque tu tatarabuelo era español para cuando nació tu bisabuelo.
Luego emigró a Cuba pero no se nacionalizó cubano hasta que tu abuelo tenía por lo menos 21 años de edad, y eso puedes probarlo con un documento oficial cubano de no naturalización.
Por lo tanto tu abuelo nació español, y no perdió la nacionalidad española siendo menor pues tu bisabuelo siguió siendo cubano durante toda la minoridad de tu abuelo.
Ahora se trata de ver si tu abuelo seguía siendo español para cuando nació tu madre. Para ello, además de "estirar" un poco el alcance de las leyes, deberás de conseguir un certificado oficial del éjército cubano en el cual conste que tu abuelo no realizó servicio militar cubano por lo menos hasta que nació tu madre.
Así tu madre habría nacido española y habría perdido la nacionalidad el 1-1-70, cuando la perdió tu abuelo. Tu madre no puede recuperar ahora su nacionalidad española, pero podrá optar en diciembre por la LMH.
Y si tu escrito es aprobado, tú podrás optar como hija de alguien que nació española.
Pero lo fundamental es conseguir el certificado militar de tu abuelo.
Luego dime dónde y como lo conseguiste pues hay otros cubanos en la misma búsqueda.
Si lees la entrada "Nacionalidad y Servicio Militar" verás que un compatriota tuyo lo consiguió hace unos años y ahora vive en España.
escribe Arianna.
Muchisimas gracias por la respuesta. Me fue de gran ayuda pues ya se el camino por el que debo empezar a hacer los tramites. Voy a buscar esos papeles y me parece que se tramitan en el Registro civil. Si lo consigo escribire explicando detalladamente como lo hice. Gracias de nuevo.
Buenas, escribe Arianna nuevamente.
Antes que todo felicidades por este blog tan completo, es donde unico he aprendido y creanme que he visitado ya varias pagina buscando informacion pero esta es la mas completa. Me quede con una duda respecto a mi historia por lo que he leido. Quisiera saber 2 cosas.
1- La ley de la memoria historica solo beneficia a los nietos de exiliados?? es decir, los padres de mi bisabuelo lo enviaron a Cuba a principios de 1900 cuando tenia 1 año y no se cual fue la razon. entonces si mi madre no era nieta de un exiliado politico no podra optar en diciembre?
2- quisiera saber si el hecho de no haber realizado el servicio militar en Cuba sirve de algo, es decir, si por solo este hecho ya significa que mi abuelo no perdio la nacionalidad hasta los 38 años. Cuando mi abuelo estaba en edad del servicio aqui no existia y cuando hicieron el primer llamado ya el era mayor de edad y no lo realizo nunca. Esto es un factor importante porque de ser asi, mi mama habria nacido española ya que el la concibio a los 32 años.
Quisiera poder aclarar estos dos puntos. Asi que si pueden aclararme esto se los agradeceria
infinitamente. Saludos y felicitaciones
Arianna: ve al post PREGUNTAS FRECUENTES y descarga el documento
MI NOMBRE ES ARIEL. EN ESTE ESPACIO EN EL MES DE JULIO CONTE MI CASO.
PUDE PRESENTAR TODOS LOS PAPELES EN EL CONSULADO Y HOY ME DIERON LA INSCRIPCION, PERO LA INSCRIPCION TIENE UN SELLO QUE DICE: EL INSCRITO NO OSTENTA LA NACIONALIDAD ESPANOLA.
AL MARGEN CONSTA QUE MI PADRE RECUPERO LA CIUDADANIA ESPANOLA Y OTRO SELLO MAS ABAJO QUE DICE: NO ESTA ACREDITADA CONFORME A LALEY, LA NACIONALIDAD ESPANOLA DEL NACIDO ART 66 , 4º DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL EN Bs. As.
EN EL DORSO UN SELLO QUE DICE QUE LA PRESENTE CERTIFICACION LITERALSE EXPIDE PARA LOS ASUNTOS EN LOS QUE SEA NECESARIO PROBAR LA FILIACION SIN QUE SEA ADMISIBLE A OTROS EFECTOS ARTICULO 26 Y 30 DEL REGISTRO CIVIL.
LA VERDAD NO ENTIENDO UN CORNO.
SI ALGUIEN ME PUEDE ILUSTRAR. AGRADECIDO.
GRACIAS.
ARIEL
Ariel: es exactamente como te dije en julio. No naciste español porque tu padre no era español cuando vos naciste.
Ahora ya puedes pedir cita en www.cgeonline.com.ar para optar. Te darán fecha para febrero.
GRACIAS POR TU RESPUESTA.
LA OPCION LA VOY REALIZAR EN BASE A LA REGLAMENTACION DE LA LEY DE NIETOS?
ESTA LEY ME PERMITIRA INSCRIBIR A MI HIJO SE SABE ALGO?
GRACIAS.
ARIEL
Tu nacionalidad la obtendrás por la ley nueva.
Luego tus hijos optarán por el artículo 20.1.a del código civil vigente
Hola, he venido siguiendo el caso de Ariel y el mío es muy parecido con la diferencia que la que ha recuperado la nacionalidad es mi madre, que es nacida en Argentina en 1945, hija de padre español y madre española nunca nacionalizados argentinos y recuperó la nacionalidad española en 1992 quedando inscripta como española "de origen". Pero yo, por haber superado los 21 años al momento de nacionalizarse española ella, no pude hacerlo.
Aparentemente Ariel ha conseguido tramitar una "Inscripción de nacimiento", la de él, aun siendo argentino.
La pregunta es: ¿yo también puedo hacerlo para ir ganando tiempo? ¿hay diferencias entre padre español y madre española?
Gracias y saludos.
Gabriel: cuando se publique la reglamentación se sabrá el procedimiento. Por ahora, no tiene sentido hacer nada.
Hola mi nombre es Mariano,y soy Argentino hace dos semanas que resido en Madrid, estoy casado con una ciudadana italiana pero todavía no solicite mi ciudadanía italiana porque no encuentro respuesta en ningún consulado italiano por la cantidad de demanda, y la cita para obtener mi NIE me la dieron hasta Marzo, y no puedo trabajar legalmente hasta ese día. Por lo tanto pensé en solicitar mi ciudadanía española ya que mi abuelo paterno nació en Galera Granada y emigró a Argentina no sabemos en que año, pero él nació en 1905. mi pregunta después de presentar mi situación, es preguntar como puedo saber si es posible tramitar mi ciudadanía, porque leí que salió una ley para otorgar la ciudadanía a nietos de españoles que nacieron el el extranjero siempre y cuando el primer nacido en el extranjero, en mi caso mi papá, haya hecho su ciudadanía. Este no es mi caso ya que mi padre falleció antes de hacerlo. Luego de descartar esta idea leí que puedo, por residir en España, solicitar un permiso de trabajo por el tema de obtener mi ciudadanía, y, después de un año de trabajar aquí, me otorgarían la ciudadanía. Si es así o estoy equivocado, quisiera recibir algún dato ya que no se adonde acudir ni donde averiguar o como saber de esto. Yo dispongo de todos los papeles necesarios para certificar mi ascendencia española y mi estancia en este país es legal. Muchas gracias. Mariano Plaza
Mariano: sugiero que leas el post de preguntas frecuentes, incluyendo el documento que allí figura. Hasta es posible que seas español ahora mismo. Dentro de 1 semanas se publicará el reglamento de la ley.
Además supongo que tienes derecho a residir legalmente en España como esposo de una comunitaria, ademas de inciar un tramite de nacionalidad italiana.
Lee en http://www.apellidositalianos.com.ar/
Hola, mi nombre es Hernán y vivo en Rosario. Mi novia es ciudadana italiana y reside en España, en diciembre nos vamos a casar. Mi pregunta es, que pasos debemos seguir para que yo pueda vivir con ella alla legalmente y que me permitan trabajar sin problemas, y si es posible cuanto tiempo demora respectivamente cada tramite. Desde ya muchísimas gracias.
Hernán: ni idea, Pregunta en http://www.apellidositalianos.com.ar/
sobre la ley italiana. Sé que podrás residir legalmente en Europa como esposo de comunitaria, pero del resto ni idea. Creo que deberás estar casadao varios años con una italiana para adquirir nacionalidad italiana
Julián: lee el post Preguntas Frecuentes y el documento para sabr cual es tu situación. Tampoco alcaraste si tu abuelo se nacionalizó venezolano y en qué fecha, ni la fecha en que nació tu padre.
Hola,soy Hernan otra vez, quisiera saber si alguien sabe como es el tramite para obtener el visado de familiar de comunitario para vivir en España, y si puedo trabajar estando casado con una ciudadana italiana y visado (legal). muchas gracias
en el consulado de Italia, ya que estás casado con una italiana.
Hola buenos días mi nombre es Jennifer Paola García Pérez 19 años soy de honduras pero estoy en España desde hace 1 año mi motivo es lo siguiente:
Estoy en España y estoy de inmigrante, entre como turista, vine a España a buscar a mi padre que nunca lo conocí, el es español, y ahora que lo encontré me ha reconocido con su apellido, por lo cual uno de mis apellidos han cambiado ahora me llamo Jennifer Paola Huguet García,
tengo toda mi documentación de honduras en reglas con mis apellidos anteriores pero con el nuevo apellido no, solo tengo una partida de nacimiento con el nuevo apellido de reconocimiento de mi padre. Ahora no se como hacer para tramitar mi nacionalidad o residencia por ser hija legitima de un español.
No se como podre solicitar mi pasaporte con el nuevo apellido ya que eso me preocupa mucho.
Por eso hoy les escribo para ver si ustedes me pueden ayudar o asesorar un poco sobre esta situación,
Ya que me gustaría trabajar de acuerdo a mis estudios y estudiar en la universidad de Málaga
Mi padre es español pero reside en honduras su nombre es silvestre Huguet Salvador
Como podre solicitar mi pasaporte con mi nuevo apellido y a donde.
Documentación de honduras con apellidos anteriores García Pérez
Pasaporte
Partida de nacimiento
Cedula
Antecedente penales
Permiso de mi madre para viajar
Les agradecería que vosotros me ayudasen esperare vuestra respuesta impaciente
Att : Jennifer Huguet García
La filiación o el nacimiento en España, cuya determinación se produzca después de los dieciocho años de edad, no son por sí solos causa de adquisición de la nacionalidad española. El interesado tiene entonces derecho a optar por la nacionalidad española de origen en el plazo de dos años a contar desde aquella determinación.
Buenas Tardes.
Mi abuelo nacido en España vino a la Argentina en 1912. Mi abuelo nunca renuncio a su ciudadania. Mi madre obtuvo la ciudadania española, con pasaporte de la UE. Nosotros, sus hijos mayores de edad, podemos tramitar la ciudadania tambien?
Muchas gracias
Si el acta de nacimiento española de tu madre dice que recuperó su nacionalidad por el artículo 26, podrán optar sus hijos, de cualquier edad
Abuelo nacio en España 11/07/1885-Vino a Argentina antes de 1920. No se nacionalizó. Falleció el14/10/1936.
Padre nació en Argentina el 25/08/1921-No hizo servicio militar exceptuado por ser unico hijo varón de madre viuda.No hizo ningun tramite de nacionalidad.Falleció el 6/04/1990.
Yo naci el 5 /11/1953 en Argetnina
Que tramites debo hacer ya que creo ser española de origen por ser hija de español de origen
Agadezco información y documentacion que me corresponde reunir para presentar.
http://www.maec.es/es/menuPpal/consulares/solicitudnacionalidad/Paginas/SolicitudNacionalidad.aspx
http://www.cgeonline.com.ar/nacimientos/pedirCitaNacimiento.php
Hola.
Escribo por que estoy en busqueda del certificado de nacimiento de mi bis abuelo.
Nacio en Cueto Provincia de Santander.
Yo vivo de México. De que manera es posible conseguirle de la manera más rápida.
Gracias de antemano
Alejandra.
Pues la mayor cantidad de informacion que he podido encontrar ha sido:
Lugar de Nacimiento: Cueto, Provincia de Santander.
Nombre:Luis Abad Gonzales
Emigro a México.
Gracias
Estimados, estoy un tanto desorientado con esto de la ciudadanía así que espero que puedan orientarme. Mi abuelo español llegó a la argentina en 1911, desertando (tengo entendido) de la guerra de Ceuta o Melilla, nunca se nacionalizó argentino. Mi padre nació en Argentina 1923, hizo la colimba allá por el 43, y hace ya varios años obtuvo su pasapporte de ciudadano español. Dado que tengo 49 años, deseo saber si puedo obtener la ciudadanía española y cuál debe ser el trámite a seguir. Por lo pronto pedí turno NO por la ley de Memoria del 2007.
Gabriel
IMHUR: si tu padre recuperó la nacionalidad como debería, entonces podrás optar por la ley 52/2007, pidiendo cita en http://citapreviaconsular.maec.es/
Estimado Javier, muchas gracias por responderme. Ahora bien, ¿puedes aclararme eso de "como debería"?. Lo que sé es que tiene pasaporte español donde dice que es español, y vota en las elecciones de España con regularidad.
Te reitero mi agradecimiento y que tengas un muy buen 2009.
Pide cita en http://citapreviaconsular.maec.es/
usando la opción 1 (hijo de español de origen).
Es casi seguro que tu padre recuperó la nacionalidad, pues eso es lo que le correspondía, y esa anotación figura al margen de su acta de nacimiento española.
Si no la tienes, no precisas pedirla porque está en la computadora del consulado.
Solamente precisarías tu acta de nacimiento argentina (sin legalizar o apostillar en el caso de Buenos Aires) y otros documentos como el pasaporte de tu padre o lo que te pidan el concertar la cita en el sitio ese.
Javier, me has sido de extrema utilidad. Ya he solicitado cita correspondiente.
Hola Javier: Me llamo Alfonso, vivo en Argentina. Soy hijo de padres españoles (nacidos en España). Mi padre vino a la Argentina en 1930 a los 15 años y mi madre vino en 1950 (29 años). Nunca se hicieron argentinos. Yo nací en Argentina en 1954, hice el servicio militar obligatorio en el 1974. Tengo un hijo de 18 años (nació en 1990). De lo leído deduzco que al hacer yo el servicio militar obligatorio perdí mi condición de español de origen y por lo tanto mi hijo también. Con lo cual debería iniciar los trámites para recuperarla y luego hacer lo propio con mi hijo. ¿Estoy en lo correcto?...Desde ya muchas gracias por la consulta.
ALFONSO
Primero tienes que recuperar tu nacionalidad por el artículo 26 del código civil, demostrando que tu padre no se nacionalizó argentino con el documento de la cámara electoral.
Pides cita en www.cgeonline.com.ar
Luego tu hijo tiene 2 vías para tener la nacionalidad: por el artículo 20.1.a por estar bajo la patria potestad de un español, o por la ley 52/2007, como hijo de una persona originariamente española.
Es de alabar que existan personas dispuestas a ayudar a los demás con sus dudas, lo que no es de alabar en absoluto es el hecho de que el MAEC prometiera tener una web activa desde el dia 22 de diciembre para pedir cita previa en los diferentes consulados para solicitar la nacionalidad y la pagina ni estuvo operativa el dia prometido ni lo está a fecha de hoy. Es una vergüenza! Aprovecho este sitio para denunciar este lamentable hecho.
Miri
BUENOS DIAS, MI CASO ES EL SIGUIENTE, ME VOY A ESPAÑA EN FEBRERO Y MI ESPOSA TIENE 6 MESES DE EMBARAZO, SOMOS VENEZOLANOS, QUISIERA SABER SI AL NACER EL NIÑO ALLA SE NOS HACE MAS FACIL OBTENER LA RESIDENCIA, SINO CUANTO TIEMPO TENDRIAMOS QUE ESPERAR PARA EMPEZAR EL PAPELEO Y PODER ESTAR TRANQUILOS...MUCHAS GRACIAS FERNANDO SERRANO
Si ambos padres son venezolanos, el hijo nacerá venezolano.
Si no son nietos de españoles, deberás de conseguir residencia legal, luego esperar 2 años, y comenzar el trámite de nacionalidad
hola buenas, mi nombre es julia, mi caso es el siguiente: mi pareja es de uruguay, pero le conoci aqui en madrid, el se fue a su pais en novienbre, por temas de salud, estubo en el hospital y el hospital le arreglo el pasaje de vuelta a uruguay. ahora querems que venga, y carnos aqui en madrid pero me preocupa el tiempo de espera para que a el le den algun tipo de permiso para trabajar, ya que no podriamos vivir solo con mi sueldo. yo tengo 19 años, y el tiene 26, tambien queriamos saber si hay alguna forma mas rapida de hacerlo, si no es casandose, pues eso lo hariamos mas adelante, lo mas importante es que sea lo mas rapido para que pueda trabajar. si me pudieran ayudar a resolver esta duda se lo agradeceria, por que me tiene preocupada. gracias, un saludo julia.
Que tal buenos días, les comento mi caso ojalá puedan ayudarme, resido en México, nieto de español nacido en Bilbao, acaban de aprobar una ley en pro de nacionalizar a nietos de españoles nacidos en México, sólo necesito el acta de nacimiento de mi abuelo con un sello de autenticidad.
Como la consigo sin ir a España???
GRACIAS!
Juancho
cucoloko@gmail.com
LES EXPLICO MI CASO MI PADRE SE LLAMABA GREGORIO GIMENO PRIETO NACIO EN LOGROÑO, ESPAÑA EL 21 DE DICIEMBRE DE 1901. KIERO OBTENER MI NACIONALIDAD ESPANOLA PERO ME HACE FALTA EL ACTA LITERAL, ME PODRIAN AYUDAR A DECIRME COMO PUEDO HACER PARA CONSEGURILA POR FAVOR. GRACIAS
MI PADRE SE LLAMABA GREGORIO GIMENO PRIETO NACIO EN LOGROÑO, ESPAÑA EL 21 DE DICIEMBRE DE 1901.
LES EXPLICO MI CASO MI PADRE SE LLAMABA GREGORIO GIMENO PRIETO NACIO EN LOGROÑO, ESPAÑA EL 21 DE DICIEMBRE DE 1901. KIERO OBTENER MI NACIONALIDAD ESPANOLA PERO ME HACE FALTA EL ACTA LITERAL, ME PODRIAN AYUDAR A DECIRME COMO PUEDO HACER PARA CONSEGURILA POR FAVOR. GRACIAS
www.mjusticia.es
Soy peruana de nacimiento y hace 2 semans me han dado la nacionalidad española,ahora ya tengo mi DNI y Pasaporte español, pero tengo un hijo de 17 años que se encuentra viviendo en Lima,estudiando en una universidad,mi hijo cumple 18 años el 15 de marzo de este año. Mi pregunta es ¿ Todavia tengo tiempo para inscribir su partida de nacimiento en la embajada de España en Peru?
Tu hijo puede optar por el artículo 20.1.a del código civil.
Tiene tiempo hasta el dia anterior a cumplir 20 años.
Conviene que lo haga luego de cumplir 18, así no necesita autorización de los padres.
Mi nombre es Nancy, soy nieta de un español que nacio en 1913, vino a la Argentina en el año 1922, nunca se nacionalizo argentino, se caso en el año 1939, con una argentina, mi madre nacio en el año 1943, nunca la anotaron en el consulado español, yo naci en el año 1975, y estoy interesada en obtener la nacionalidad. Tengo entendido que primero la tiene que tramitar mi madre, tiene cita en el Consulado para Febrero de 2010, se que la Ley de la Memoria Historica tiene una vigencia de 2 años con la posibilidad que se extienda 1 año mas, y que yo la puedo tramitar luego que se la den a ella, como me manejo con mi turno, espero a que suceda eso o puedo ir pidiendo una cita para mi, cuanto tiempo demora la ciudadania de mi madre? y que documentacion tendria que presentar para ambas, porque solo dice las partidas de nacimiento de mi abuelo y de nosotras, mi madre necesita presentar el pasaporte argentino?
Muchas gracias,
Saludos
Lo de tu madre demorará 4 meses, de modo que puedes pedir turno en citapreviaconsular.maec.es para 5 meses más tarde.
Tu madre pidió turno en cgeonline.com.ar supongo.
Una vez que ella tenga su propia acta española en la que conste que recuperó la nacionalidad por el artículo 26 del código civil, podrás optar por el anexo 1 de la nueva ley.
Hola, tengo 33 años y quiero buscar la nacionalidad española.
Mi abuelo es español de origen, exiliado a Mexico en el 39 y nunca renuncio a su nacionalidad.
Mi madre nacida en Mexico obtuvo la nacionalidad hace 2 años con un sello en su acta que dice que "recupero la nacionalidad española de origen".
Me dicen que es mas eficiente que mi madre me de la nacionalidad, que mi abuelo. eso es posible?
Exacto, debes usar el Anexo 1
citapreviaconsular.maec.es
Hola, mi nombre es Pamela...mi madre es española de origen, yo tengo 41 años y mis hijas 16 y 13, tengo solicitada la cita y me gustaría saber en cuánto tiempo podría tener pasaporte y si mis hijas obtendrían la nacionalidad de origen o no??
Muchas gracias
El trámite por la ley 52/2007 depende de cada consulado. Si resides en España, del registro civil central.
Es imposible contestarte al no saber en dónde realizarás la cita.
En los consulados demora de 15 dias a 4 meses o más.
Luego podrán optar tus hijos por el artículo 20.1.a del código civil. Tendrán nacionalidad por opción
Javier, lamento haber omitido que resido en Chile en la actualidad. Es mejor hacer los trámites en Chile o los puedo hacer en España??
Muchas gracias...nunca pensé que me contestaran tan rápido!!!
Genial!!
Si vives en Chile, lo haces en Chile.
Si vives en España, lo haces en España.
En Chile será más rápido.
mi abuelo pidio ciudadania uruguaya en 1928 pero la perdio en 1934 al no rectificarla, en la partida de nacimiento de mi padre el 3 de octubre de 1929 dice que es hijo de un español, no de un ciudadano legal ni uruguayo dice claramente ESPAÑOL.- como se entiende esto tengo documentacion del consulado del año 1950 en la que dice que mi abuelo es ciudadano español y en la documentacion uruguaya dice que no justifico residencia en uruguay.- me gustaria que me contestara.-
jose miguel
josemigueltroncoso@hotmail.com
HOLA BUENAS DIAS .MI NOMBRE ES EUGENIA. SOY RUSA MI MARIDO ES ARGELINO .TIENEMOS 3 NIÑOS NACIDOS EN ESPAÑA DE NACIONALIDAD ARGELINA. HEMOS PRESENTADO LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR RESIDENCIA A LOS NIÑOS. LOS NIÑOS SON LEGALES COMO YO ,PERO MI MARIDO NO TIENE EL PERMISO DE RESIDENCIA LEGAL TIENE ANTICEDENTES PENALES PERO YA SON CUMPLIDOS TODOS. EN REGISTRO CIVIL NOS A DICHO QUE VAN A LLAMAR NOS DE POLICIA PARA ENTREVISTA.YO TENGO MIEDO POR ASUNTOS DE MI MARIDO PUEDEN DENEGAR LA NACIONALIDAD A LOS NIÑOS MENORES? MUCHAS GRACIAS
eugenia: no sabría contestarte, consulta en http://www.fororegistrocivil.es/Foro/viewforum.php?f=29
Mi madre es española y yo soy argentino.
Me gustaria saber si puedo tramitar la ciudadania española directamente en España
En dónde nació tu madre? Cuando ella nació su propio padre era español? Tienes el acta de nacimiento español de tu madre? Tiene anotaciones al margen?
Hola. Gracias por contestar tan rápido.
Mi madre nació en Sta. Cruz de Tenerife, Tengo la partida de nacimiento. Mi abuelo también es Español.
La pregunta que no entendí es sobre las anotaciones al margen.
Desde ya muchas gracias
Bien, tu madre nació en España y tu abuelo materno era español cuando ella nació.
Ahora falta ver en dónde naciste y en qué fecha para ver si naciste español
Yo nací en Buenos aires el el año 1965.
Averigüe y tengo la partida de nacimiento literal de mi madre.
Gracias
Voy a suponer que naciste de madre española y padre argentino.
Podrías haber optado por la nacionalidad española desde el 2003.
Ahora te conviene optar por el anexo 1 de la Ley 52/2007, como hijo de una persona originariamente española
http://leymemoria.mjusticia.es/paginas/es/descendientes.html
Así es. Mi padre es argentino.
Ahora mi pregunta es la siguiente. ¿Puedo tramitar la nacionalidad directamente en Tenerife? o me conviene tramitarla en Argentina.
Te comento que si voy a Tenerife, ya tengo dirección de residencia.
Desde ya muchas gracias.
POdés tramitarla en cualquier registro civil en España en el cual estés empadronado.
Necesitarás una copia actual del acta de nacimiento de tu madre, el anexo 1, y una copia de tu acta de nacimiento argentina. Esta debe de estar legalizada en Argentina, luego llevarla a legalizar al Consulado de España en Argentina.
Si vas a argentina, depende de dónde te toque tramitarla, porque si te toca Buenos Aires las citas son para el 2010 pues se necesita cita previa
citapreviaconsular.maec.es
GRACIAS POR ACLARARME TODAS LAS DUDAS Y TAN RÁPIDO.
ERA LO QUE ESTABA NECESITANDO PARA IR A VIVIR CON LA MUJER QUE AMO.
MIL GRACIAS
Hola soy venezolano estoy casado con una italiana ambos vivimos en España, vamos a tener un bebe que nacionalidad tiene ya que nacerá aquí en España??? MI duda es como Venezuela reclama la nacionalidad y según Italia también entonces no tengo ni idea me lo pueden aclarar.
Gracias
Nació italiana por nacer de madre italiana.
No le corresponde la nacionalidad española.
Quizá le corresponda la nacionalidad venezolana también.
hola,soy brasileña y vivo en españa hace 1 año(con permiso de trabajo y residencia),me gustaria saber si puedo ya empezar los tramites para conseguir la nacionalidad ,q es necesario y donde devo presentarme ,desde luego muchas gracias.
Tienes algún abuelo o bisabuelo español?
Si no es así, necesitas 2 años de residencia legal para luego comenzar el trámite.
http://nacionalidades.blogspot.com/2007/04/nacionalidad-por-residencia.html
Hola:
Mi madre nace en Cuba en el año 1935, de padre español, nacido en La Coruña, España, y que continuaba siendo español en el momento de su nacimiento, por lo que es ciudadana española de origen por “ius sanguinis”.
El 17 de diciembre de 1955, con 20 años y siendo menor de edad (la mayoría de edad en Cuba se alcanzaba a los 21 años en esa época), mi madre se casa con mi padre, ciudadano cubano.
Yo nací en septiembre de 1958, dentro del plazo de los tres años que marca la ley para declarar la voluntad de conservar la ciudadanía española de mi madre.
Mi madre recuperó su nacionalidad española (por el art. 26 del C.C) en el año 1998, siendo yo mayor de edad.
Yo, según entiendo, puedo optar por la LMH.
¿Tiene mi hijo de 18 años, oportunidad de optar también como hijo de alguien que nació española?
Muchas gracias desde ya
No naciste española porque naciste de padre cubano y naciste cubana.
Tú puedes optar pero tu hijo no.
Muchas Gracias Javier por tu pronta respuesta en aclarar mi duda.
Pero me gustaría consultarte, según tu opinión, ¿que oportunidades tendría mi hijo para optar por la ciudadanía española?
Gracias nuevamente.
No tiene posibilidad de optar, salvo que tú hayas concurrido a la cita por tu trámite antes que tu hijo cumpliera 18 años.
Solamente residiendo en España podrá obtener la nacionalidad por residencia
Hola,
Soy mexicana y resido en España desde el 2002, en septiembre de 2007 solicité la nacionalidad por residencia. El octubre pasado hice la entrevista en comisaría y mi expediente lo está estudiando el Ministerio de Justicia. Desde diciembre de 2009 estoy en el paro y he recibido una oferta de trabajo muy interesante en Suiza. Mi pregunta es: ¿Afecta en algo al trámite de nacionalidad si dejo de cobrar el paro y residiera en Suiza a partir de mayo?
Hola Javier,
Mi abuelo nació en Argentina en 1920, de padres españoles, y fue inscripto en el Resgitro Civil de mi provincia y en el Consulado español. Por lo cual tiene doble nacionalidad.
Se me ha informado que no puedo acceder a la ley de nietos (memoria histórica) por ser él español nacido en el exterior. Es esto cierto?
Muchas gracias.
En principio no puedes optar porque eres bisnieto y mayor de edad (21 en argentina).
Salvo que tu madre o padre hayan nacido cuando tu abuelo aún era español.
mi padre se caso con una española. tiene 2 hijos alla en españa. el es ciudadano legal. a mi me sirve eso?
No, salvo que seas menor de edad. O que hayas sido menor de edad para la fecha en que él obtuvo la nacionalidad, pero no hayas cumplido 20 aún
hola, mi padre nacio de madre española y no fue reconocido por el padre hasta los 2 años, es increible !, mi abuela murio siendo española, mi padre nacio español de origen y lo fue hasta los 2 años ?, y yo puedo optar por ley ?
creo que este es uno de los pocos casos en que las mujeres transmiten la nacionalidad, mi abuela era soltera al tener a mi papa, se caso 2 años despues.
martin
martinenlinea@hotmail.com
Pienso que podrás optar, o por lo menos deberás de intentarlo. Es decir, intentar optar como hijo por el Anexo 1, pues supongo que tu abuela salió de España luego del 18 de julio de 1936.
Hola:
Me pueden decir de que forma puedo consultar como anda el tramite de mi nacionalidad dado que ese enlace hace mas de 1 mes que no funciona.
Muchas gracias.
Si todavía no te concedieron la nacionalidad por residencia, puedes optar por el Anexo 1, en forma independiente.
hola,
Me llamo Amit. Me casé con mi mujer en julio de 2008 en la India, y legalizamos el matrimonio en la embajada enpañola en Delhi en septiembre del mismo año. En el mes de octubre, me vine a vivir en España y tenemos una hija que nació en Diciembre.
El mes pasado hicimos los primeros trámites para mi nacionalidad en el registro civil, ya que el matrimonio cumplió un año, aqunue no la residencia.
En estos momentos no trabajamos, ni mi mujer ni yo, por lo que no podremos acreditar medios de vida en la entrevista con la policia. Tengo alguna alternativa?
En los próximos mese tenemos que ir a la India para resolver algunos asuntos familiares, tiene esto alguna relevancia para tramitar la nacionalidad?
Gracias.
Para iniciar el trámite de nacionalidad, necesitas haber tenido 1 año de residencia legal y continua antes de la petición. De otro modo será rechazado.
hola me gustaria saber lo siguiente en la pag del min de justicia hasta hace 15 dias me ponia en tramite unos dias despues me puso el exp esta completo de informes. se encuentra pendiente de tramite solicitado con fecha 04/08/2009 y ahora me pone otra ves en tramite llame al tel del mju y las chicas simpaticas como siempre me dijeron esta en tramite me podrias decir si tenes idea cunato mas deberia esperar llevo 2 años y 1 mes esperando esto es desesperanteeeeeeee jaja
Buenas, Voy a exponer tres casos en uno.
Mi abuelo nacido en españa, mi madre recupera la nacionalidad en el 2004. ( en el lateral dice recupera la nacionalidad denacimiento y la vecindad gallega)
mi hermano inicio el tramite por recidencia hace 25 meses.( hace 3 meses tuvo cita con la policia)
Yo presente mi opcion de nacionalidad por la 52/2007. usando el anexo 1
( esta presentacion fue en españa en el RC donde estoy empadronado)
alguien tiene idea de cuanto demora este tramite
en españa?
si mi hermano ejerce la opcion de la 52/2007 obtiene una nacionalidad de origen en lugar de una por residencia, esto beneficiaria a su hijo que en diciembre enero cumple los 18??
Por cierto exelente trabajo de quienes mantiene este blog. Felicitaciones
Seis meses aprox.
A tu hermano le conviene optar por el Anexo 1, pues de ese modo su fecha de adquisición será ahora, antes que su hijo cumpla 18
Sigue con el trámite de residencia pero presenta el de opción independientemente, sin mencionar que tiene el otro
hola soy de Chile mi madre se caso con un español, ella tiene residencia legal hace 2 años ya inicio los tramites para su nacionalidad. ¿Mi pregunta es? yo debo esperar que ella termine su tramite y obtenga la nacionalidad o yo puedo hacerlo también tengo 20 años vivo con mi madre y su esposo español y tengo residencia legal hace 1 año ¿otra consulta es el tiempo de espera y si en ese tiempo puedo salir de españa a mi pais esperando que culmine el tramite o cuanto tiempo puedo estar fuera de España bueno gracias espero que me ayuden"
Supondré que no tienes ningún bisabuelo (hombre) nacido en España.
Debes de residir legalmente durante 2 años para iniciar el trámite de nacionalidad, que luego llevará 2 años más, del mismo modo que lo hizo tu madre. Así que ya sabes por ella las condiciones, entrevistas, etc.
Gracias Javier por tu pronta respuesta. si ne comentas que el tramite demora unos 6 meses, pues mi hemano obtendra la naionalidad con posterioridad a que mi sobrino tenga 18.
He leido por alli como consejo que si algun nieto de español de origen, no tiene a su padre con la nacionalidad en el medio , que le recomienden hacer en un mismo tramite la inscripcion tardia del padre ( con el at 311) y ejercer su opcion, esto en forma simultanea. Sabes algo de esto?
Gracias
Se supone que el trámite de inscripción del padre fallecido debería de ser previo.
Sin embargo, puede que lo hagan en forma simultánea, no lo sé.
La diferencia es que al optar uno obtiene la nacionalidad en la fecha en que opta, aunque el acta de nacimiento demore 6 meses o más en ser confeccionada. Por lo cual si tu sobrino aún no tiene cumplidos 18, igualmente habrá estado bajo la patria potestad de un español, y luego podrá optar hasta cumplir 20.
En cambio en la nacionalidad por residencia, la fecha es la de jura de fidelidad que es cerca del final del proceso, por lo cual ya tu sobrino sería mayor de edad y nunca habrá estado bajo la patria potestad de un español.
Gracias por ese dato. El hecho de tener dos tramites iniciados no es perjudicial( para mi hermano?) Lei en otros post sobre la nacionalidad de origen, en el que comentabas que para los argentinos la mayoria de edad son los 21 años, esto es solo para los que residen en argentina, o esa ley es valida para ejercer la opcion??.
Igualmente vere como conseguimos una nueva acta de nacimiento de el con el apostillado para que opte e inicie el segundo tramite.
Nuevamente muchas gracias y un exelente trabajo
saludos
Si tus sobrinos son argentinos, entonces son menores hasta los 21 sin importar donde residan.
Pero el congreso argentino tiene casi pronto el proyecto para bajarla a 18.
De modo que se trata que tu hermano declare su voluntad de optar antes que su hijo pase a ser mayor de edad según la ley argentina.
Hola: Mis tatarabuelos y bisabuelos(linea materna)fueron españoles. Mi bisabuelo nacio en Cangas del Morrazo el 10/2/1869. Mi bisabuela nacio en Cangas del Morrazo el 5/1/1878. De esta union nacio mi abuelo en Cangas del Morrazo el 2/10/1908. Todos ellos emigraron a Argentina en 1910. Ellos nunca cambiaron su nacionalidad. Mi abuelo se caso en 1932 con mi abuela(nacida en Sanxenxo el 6/8/1907).
De esa union nacio mi madre el 01/4/1937. Ella se hizo ciudadana española en el 2006. Mi padre era argentino. Yo naci en 1962. Actualmente resido indocumentado en Miami desde el 2001 con mis hijos, pero con la visa waiver vencida. Preguntas:
1)Soy elegible para la ciudadania española de origen?
2)La puedo tramitar en Miami sin salir de EEUU?
3)Puedo pasarsela a mis hijos menores de 21 años sin salir de EEUU?
Desde ya agradezco su respuesta.
Cdsegovia.
Si el acta de nacimiento española de tu madre dice que recuperó la nacionalidad por el artículo 26, podrás optar, Anexo 1.
El problema es que habrá que ver si en el Consulado en Miami te aceptan siendo ilegal.
COmo supongo que no vas a viajar a Argentina mientras dure esta ley, deberás de pedir que te denieguen la solicitud por escrito, para presentar recurso. Todo el tema de la ilegalidad es muy confuso, no hay una norma clara que diga que deben de aceptarte o no el trámite. EN cuanto a tus hijos, debes optar antes que pasen a ser mayores de edad. Si tienen 21, aún lo son, pero si Argentina baja la edad a 18 pueden pasar a ser mayores antes.
Hola...Viendo que ete blog es de lo mas serio y actualizado CONGIO y DESDE YA GRACIAS.
Mi caso es este, Mi abuela Ya ha obtenido Su nacionalidad y vale aclarar el detalle ya tiene pasaporte Espanol (no por la ley de memoria activa). Nacio en argentina pero su papa era espanol nacido en espana. Ni mi padre ni yo hemos tramitado nada pero ahora a mi me interesa y viendo que puedo obtener mi nacionalidad espanola. Yo vivo en espana desde hace dos anos con visa de estudiante pero ahor expira y quiero reqlizar este tramite.
Entonces pregunto:
- que mi qbuelq ya tenga su pasaporte signiifica que aqui en el registro civil de Malaga como es este caso ; ya tienen el expediente donde se encuentran los datos de mi bisabuelo Antonio, que nacio en espana y se fue a argetina y no deberia presentar la documentacion que me una con el?
- Donde y como seria la mejor manera de empezar este tramite para obtener la nacionalidad?
- De obtenerla que documento me dan ? pasaporte DNI ACTA....?
MUCHISIMAS GRACIAS
PABLO
El que puede OPTAR es tu padre, siempre que el acta de nacimiento de tu abuela diga que recuperó la nacionalidad por el artículo 26 del código civil.
Supongo que sos mayor de 21, por lo cual no podrás optar por la nueva ley. Ello solamente sería posible si tu padre hubiera nacido de padre desconocido y madre menor de 21 años (o 23 si fue antes de 1944).
De cualquier modo, si tu padre opt, pasarás a ser hijo de un español de origen lo cual te da algunas ventajas.
Gracias Javier.
Ahora entonces... deberia esperar a que mi padre hiciera el tramite (siempre y cuando en la patida de mi abuela diga que recupero la nacionalidad por el art 26 del codigo civil)y alli si yo seria entonces hijo de espanol de origen.
En este caso cuales seria las ventajas que tengo y como seria el camino para llegar a mi ciudadania.
donde y como seria el tramite de mi padre.
Seguire leyendo y enterandome .
desde ya muchisimas gracias por tu tiempo.
Tu padre puede optar en el Consulado de España en donde resida. Luego tendrás derecho a residencia legal por el articulo 45.2.c de extranjería. Para eso presentarás el formulario EX00.pdf (Google), y los documentos requeridos allí.
Hola,
Ante todo un saludo y el agradecimento previo a su respuesta.
Soy cubana mayor de 21 y residente en EEUU. Mi abuelo paterno nacio en Islas Canarias y emigro a Cuba a principios del siglo XX, y alli creo una familia sin hacerse ciudadano cubano. Entre los hijos que tuvo se encuentra mi padre, quien por lo que leo en este foro, es espanol de origen aun sin haber formalizado su ciudadania (en caso de estar equivocada, por favor corrijame).
Mi pregunta es la siguiente:
Siendo mi abuelo nacido en Espana, y mi padre nacido de un espanol pero sin haberse inscrito en el registro civil del consulado espanol en Cuba, podria yo solicitar la Nacionalidad Espanola de Origen?
Vale aclarar que poseo la partida literal de nacimiento de mi abuelo espanol emitida por un registro civil espanol y ademas poseo la inscripcion de nacimiento de mi padre en la cual aclara que nacio hijo de espanol.
Acaso puedo aplicar por la Nacionalidad de Origen o en mi caso tendria que ser por Opcion luego de que mi padre obtenga la Nacionalidad de Origen?
Otra cosa que necesito saber es exactamente cuales son las leyes o los capitulos de estas que establecen la normativa para mi caso y donde puedo encontrar los formularios necesarios para realizar la solicitud.
Saludos y agradecimientos nuevamente
Hola soy Jose de venezuela a ver si alguien me puede ayudar: el abuela de mi esposa nacio en España en 1901 y se vino a Venezuela muy pequeño. El era de padre frances y madre española (de la provincia de Navarra). El papa de mi esposa es venezolano. Puede mi esposa pedir la nacionalidad española? donde puedo conseguir documentos de su abuelo como por ejemplo el numero de dni o # de pasaporte? Gracias
En principio ese hombre no era español por haber nacido de padre francés.
Salvo que en su acta de nacimiento conste que obtuvo la nacionalidad española haciendo un trámite.
Por lo cual se debe ver si tu suegro nació de padre española o no.
Si nació de padre español, tu esposa podrá optar.
Debes averiguar la fecha y lugar de nacimiento en España.
Hola Javier, es jose de venezuela nuevamente, gracias por tu respuesta, pregunto, y la madre pierde nacionalidad, es decir, siendo su madre y sus abuelos maternos españoles, no puede buscar la nacionalidad por ese lado? ni siquiera usando la ley de recuperacion de nacionalidad? gracias Javier por tu respuesta
Tu suegro puede optar por el Anexo 1 pero tu esposa no podrá optar.
Para que tu esposa pueda optar, es necesario que tu suegro haya nacido de padre español. De ese mod, tu suegro recupera y luego tu esposa opta.
Así que averigua si el padre de tu suegro era español para cuando nació tu suegro.
Temis:
Puedes optar por el Anexo 1 aunque tu padre no recupere antes la nacionalidad.
Sucede que deberás de conseguir documentos de Inmigración y Extranjería en donde conste tu abuelo como extranjero residente en Cuba y otro en donde conste que no obtuvo nacionalidad cubana hasta luego del nacimiento de tu padre.
Sr Javier:
Gracias por su respuesta a mi carta del 13 de Setiembre. Yo ya presente copias de documentos de mi madre y mios en el Consulado de Miami, pero aparte de necesitar los originales, me dijeron que tengo que tener los originales y/o Apostillados por la Haya para aplicar al anexo 1 y pedir cita previa por unica vez.
Preguntas:
1) Me dijeron que dos de mis hijos (18 y 19 años)no aplican por ser mayores de 18 años. Solamente aplica el menor que tiene 13 años. Esto es asi? (En Argentina la mayoria de edad legal es a los 21 años y el empleado del consulado sostiene que en España la mayoria de edad es a los 18 años, pero lei que el tramite se puede iniciar antes de cumplir los 20 años.)
2) Seria conveniente que pida las partidas de nacimiento de mis tres hijos apostilladas por La Haya, para aplicar todo el tramite en conjunto?
2) Mi esposa puede aplicar ahora o luego de que me haga ciudadano español?
3) Con respecto a mi estatus ilegal, me dijeron que presentara todo y despues se veria; Ud que me sugiere?
4) Usted me puede explicar lo de que "me denieguen la solicitud por escrito para presentar recurso"
Esperando su respuesta.
cdsegovia
Tus hijos son menores, si nacieron en Argentina, hasta cumplir 21. Poco importa lo que opine el Sr del Consulado de Miami que obviamente no leyó el código civil español y la referencia a la "ley personal". Además su opinión no cuenta porque los documentos son enviados a Argentina para que el Cónsul correspondiente a tu lugar de nacimiento inscriba y decida. El Sr. de Miami solamente toma los documentos y los envía.
Tus hijos pueden optar, con autorización de ambos padres si siguen siendo menores, luego que obtengas la nacionalidad. Pero debes presentarte a la cita antes que cumplan 21, para que luego ellos queden bajo la patria potestad de un español y puedan optar hasta 2 años luego de emanciparse, lo que ocurrirá cuando cumplan 21+2, o sea 23. Salvo que el Senado de Argentina apruebe la baja de edad civil a 18 y pasen a ser mayores antes. Por esto debes de presentarte a optar tú lo antes posible. La discusión por tus hijos vendrá después.
Los documentos argentinos deben estar apostillados.
Con respecto a tu estatus de ilegal, deben de denegarte la solicitud por escrito, si consideran que no puedes optar estando ilegal en USA.
Hola Javier,
Te comento: Yo tengo 34 años y vivo en Argentina, mi abuela nació en España en 1920 e ingresó al pais (ARG) en 1926 aprox. Mi padre se hizo la ciudadanía por opción en 2006 y ahora en 2009 pudo tramitar la ciudadanía de origen según el ANEXO I. Yo presenté mis papeles para iniciar el trámite hace unos días y en el consulado me dijeron que NO puedo presentar el Anexo I porque mi abuela es “mujer”, y automáticamente me hicieron llenar el ANEXO II que corresponde a nietos de exiliados que ingresaron al pais en el período de 1936 a 1955 y que debo constatar que la fecha de ingreso de mi abuela fue en ese período. Por lo descripto anteriormente NO me darían la ciudadanía porque no cumplo con ese requisito. Lo extraño es que mis primos presentaron los papeles y por ser nietos de HOMBRE ESPAÑOL (hermano de mi abuela) no tuvieron ni problemas!!!! Es correcto esto? Me leí la ley de arriba a bajo y en ningún lugar hacen incapié al sexo de los abuelos. Que se puede hacer en este caso???
Gracias, Carina
Me temo que por ahora no hay nada que puedas hacer.
La mujer no transmitía la nacionalidad por lo cual tu padre no nació español (salvo que haya nacido de padre desconocido).
Es por ello que no puedes optar como hija. Tampoco puedes optar como nieta por las fechas.
Esperemos que corrijan esto pronto
En Julio de 2008 hice aqui mi consulta y la verdad no tengo palabras de agradecimiento para con JAVIER, ayer retire la ciudadania de mi hijo y tramite su pasaporte español, ese era mi proposito y esta cumplido.
Javier eternamente agradecido.
Sin olvidar a todos los que aportan aqui.
Suerte a todos
ARIEL
hola javier, me llamo andres y quisiera me ayudes a aclarar esto: hace 2 años y 6 meses ingrese la solicitud de nacionalidad española y ahora en la web del ministerio de justicia me pone: El expediente está completo de informes.Se encuentra pendiente de trámite solicitado con fecha 07/10/2009. no se que exactamente quisere decir, te agradesco tu tiempo y mil gracias por tu inmensa ayuda.
Quiere decir que se ha solicitado alguna otra cosa, y deberían de informartelo en el registro civil donde presentaste la solicitud.
Hola Javier:
Antes que nada te felicito por tus conocimientos y te agradezco por tu respuesta.
Mi caso es el siguiente:
1. Mi abuelo (fallecido) nacio en España en 1905
2. Emigró a Perú (no conozco la fecha, pero fue en tiempos de guerra civil española) se caso con peruana en 1939 y tuvieron a mi padre en 1941 y luego otros hijos. Mi abuelo nunca se nacionalizó peruano, conservando su nacionalidad española siempre.
3. Mi padre vivio en Perú toda su vida y fallecio en 1996, como peruano.
3. Yo nací en Perú en 1972 y sigo viviendo Perú. Recién presenté mis papeles en el consulado español en Lima para adquirir nacionalidad según el Anexo 1. Por recomendación de la persona que me atendió en el consulado, en la nacionalidad de mi padre puse "español" aunque eso no era cierto porque mi padre nunca hizo ningún trámite de nada con España.
Pregunto:
¿Me otorgarán la nacionalidad? ¿lo harán con alguna reserva o anotación de tal forma que no pueda ejercer los mismos derechos que un español?
Un primo-hermano mío, en una situación similar ya obtuvo la nacionalidad sin reservas, con la diferencia, que su padre aún vivo, hizo el trámite de nacionalidad primero.
Nuevamente, quedo muy agradecido por tu respuesta. Saludos, Luis
Si optaste por el Anexo 1, no tendrás ningún problema.
Supongo que si tienes hijos, son menores de edad, por lo cual podrán obtener ellos luego la nacionalidad, al igual que tus futuros hijos.
Hola, Javier, soy José Antonio, y mi caso es similar al de mi hermano Luis Miguel, el comentario de líneas arriba: mismo abuelo, mismas fechas. La diferencia está en que, aparte de optar a la nacionalidad española en el Consulado de Lima, lo hice por residencia en España hace ya un año (noviembre 2008). Soy residente en Madrid. En Lima presenté los papeles de opción a la nacionalidad el 28 de agosto 2009 por el anexo 1 y aporté un documento que faltaba dos semanas más tarde. En esos documentos no hay nada que pueda hacer suponer que no vivo en Perú, porque en mi DNI figura mi dirección de Lima. Quisiera saber si existe la posibilidad de que un trámite esté bloqueando al otro y si el hecho de que yo viva en España podría ser un problema para obtener la nacionalidad por opción. Según creo, esta sale más rápido desde el país de origen. Por otro lado, me extraña que al consultar mi expediente en Internet, no haya habido cambios desde el día de presentación (28/8). ¿Es eso normal o debo sospechar alguna irregularidad?
Te agradezco de antemano tus comentarios y acepto cualquier consejo que quieras darme. Un saludo,
José Antonio
La nacionalidad por residencia y la opción son trámites independientes. Supongo que presentaste el empadronamiento para ambos por lo cual no hay dudas de tu dirección.
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POR FAVOR antes de hacer una consulta lee un poco mas para no hacer consultas repetidas.
Son importantes la fecha de nacimiento del abuelo/a, la fecha en que se nacionalizó en el pais al que emigró, si se casó con un extranjero en el caso de las mujeres, si hubo algún casamiento antes de llegar a los 21 años de edad, si los hijos nacieron antes o después que el emigrante español se nacionalizara, la fecha de nacimiento del hijo pertinente, y si es hijo varón si hizo servicio militar y cuándo, y la fecha de nacimiento suya, que seguramente es nieto del español emigrante. Si las fechas son exactas, mejor.
Muchas gracias.