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52 comentarios:
Me parece muy bueno, porque gracias a este blog tenía unas dudas acerca de la nacionalidad española y me contestaron al toque y me guiaron hacia la solución. ok
oscar
ESTE BLOG ES LO MEJOR QUE HE VISTO DE TODOS Y HE RECORRIDO CANTIDAD, TANTO CARLOS COMO JAVIER SON PROFESIONALES EN SUS RESPUESTAS Y EN SUS CONSEJOS. PARA MI CARLOS NO SERIA LO MISMO SI ESTE BLOG NO ESTUVIERA. GRACIAS A LOS DOS.
CZAR
hola, solo puedo darles las gracias..........fueron muy diligentes con mis papeles, gracias de corazón
Hola,
Este blog me parece fantastico y me ha sido de mucha ayuda en entender todo lo relacionado a la nacionalidad española, como se adquiere, se conserva y se pierde. Tiene un gran valor la cronologia del Codigo Civil, que ha ido evolucionando a traves de los años, ya que asi podemos entender todos los usuarios que caso se aplica a cada uno de nosotros.
Muchas gracias por su valiosa ayuda.
Oscar
FELICITACIONES POR EL BLOG!!
Me parece excelente, me ha ayudado mucho para entender y poder resolver grandes dudas para tramitar la ciudadania española!. Siempre me contestan con rapidez y eficacia.
Los informes publicados me parecen muy interesantes y con mucha info, re bien explicados!
Desde que conoci la pagina entro casi todos los dias, siempre hay algo nuevo que aprender o alguna duda por resolver.
Simplementre GRACIAS.
Bautista
Este sitio es excelente, de Carlos he recibido respuesta de una manera profesional, rápida y eficiente.
De igual manera logré conseguir los certificados de nacimientos de mis 2 abuelos en un tiempo super rápido.
Muchísimas gracias.
Hola, mi nombre es Pilar, no tengo ninguna pregunta, pero si deseo contar mi caso. A mis 54 años Recupere mi Nacionalidad Española, la cual habia perdido al cumplir los 18 años y no estar inscrita en el Consulado de España en Chile, mi pais Natal. Para entonces mis 4 hijos ya eran mayores de edad por lo tanto no pudieron hacerse Españoles, ahora con la Ley de Memoria Historica, podran obtener su Nacionalidad por ser nietos de un Español, estan felices. Yo vivo en España hacen 2 años, me siento como en mi pais natal aun cuando naci en Chile, mi padre me crio amando su tierra, comiendo a su modo y hasta aprendi los bailes tipicos, aca no me marginan por tener 56 años, estoy feliz, parece que jamas hubiera vivido en otro lugar.
PILAR REYES ACOSTA
D.N.I 002729814J
Hola soy epanola nacida en extranjero y vivo en extranjero, puedo pedir a mi esposo dominiano?
emoa
Mi nombre es Susana quiero dejar un mensaje de agradecimiento.- Felicitandolos a todos por este excelente espacio,por las prontas respuestas recibidas y la preocupaciòn en saber màs de mi historia para poder aleccionarme.Soy de Buenos Aires (Argentina)
Soy hija de abuelo español y madre española nacionalizada de grande. Nuera de español nunca nacionalizado (por lo que entre preguntas y respuestas,) me entero que mi suegro le pasò a mi esposo su nacionalidad (aunque nunca lo inscribiò ) y èl por no haber hecho el servicio militar, no perdiò nunca la nacionalidad española, por consiguiente mis hijos tambièn son españoles y yo por casarme con èl adquiri la nacionalidad española.
Mi suegro nunca se nacionalizò argentino vino a la argentina con 10 años, en el año 1950 naciò mi marido (que nunca hizò la Milicia)en el año 1973 nos casamos y naciò en el año 1974 nuestra hija.Por consiguinete todos tenemos la ciudadania española.
Todo esto lo supe por entrar a està pàgina y gracias especialmente al señor Carlos que supo guiarme .......
Ahora tengo ya fecha dentro de 3 meses para ir todos anotarnos y tener la ciudadania española y sin vanalidades me he leido Còdigo Civil vigente año por año gracias esta pàgina y al señor Carlos podrè defender mis derechos .- De nuevo muchas gracias y como dijo dijo alguièn en otro mensaje anterior, sigo entrando porque siempre aprendemos algo nuevo.
DE NUEVO MUCHISIMAS GRACIAS
Sra. Susana Waisman de Maillo
Buenos Aires- Argentina
Me alegro que te haya servido el sitio.
Lo que no me queda claro es el tema de tu nacionalidad como esposa.
Si te casaste antes de 5/75 con un español obtuviste la nacionalidad pero luego de 5/75 la perdiste y no la podrías recuperar salvo que vivas en España.
Creo que si tu madre recuperó su nacionalidad, podrás optar luego del 27 de diciembre.
Igual es bueno que antes de eso conste que adquiriste la nacionalidad por via de matrimonio.
Suerte
hola soy maria fernanda
quiero saber algo
mi abuelo nacido en Galicia vino a Ecuador por el año 1935, aca formo familia, nunca perdio su nacionalidad española,fallecio aca en Ecuador, mi padre se acogio a nacionalidad española hace cerca de 15 años, yo no lo pude hacer por que en ese entonces tenia 24 años (1969), quiero saber que hacer si aun puedo acogerme a la nacionalidad española , que tengo que hacer
gracias
Si el acta de tu padre dice que recuperó su nacionalidad, podrás optar luego del 27 de diciembre.
Incluso si tu padre nació en 1941 o luego y no hizo servicio militar, tú serías española ahora mismo
Hola!!
Felicidades por ser una de las páginas más completas y con tanta repercusión!
Mis preguntas son las siguientes, a ver si por favor, me pueden comentar algo.
Resido legalmente desde el 2002 en España, en 2006 obtuve la nacionalidad española por residencia y tengo por ello la doble nacionalidad, ahora debo viajar a Argentina puesto que mi padre está enfermo. Mi consulta es si pierdo la nacionalidad si estoy mucho tiempo fuera y cual es el tiempo máximo que puedo estar fuera? Cómo debo entrar a Argentina puesto que no se cuánto tiempo puedo llegar a estar? Y si agoto mis ahorros, y debo trabajar, bajo que nacinalidad debería hacerlo?
Nadie sabe responderme a esto, me he dirigido a consulados, asociaciones de inmigrantes, etc.
Espero una pronta respuesta, les agradezco mucho aunque sólo lo lean.
Muchas gracias!!
María
Para Argentina eres argentina y debes de ingresar con pasaporte argentino.
Para España eres española y debes de identificarte en España com documentos españoles y pasaporte español.
No hay límite de tiempo ni nada que se le parezca.
Javier:
Muchas gracias y perdoná que sea tannn pesada pero como uno desconoce tanto de esto, ya sabés!!!Entonces no pierdo la nacionalidad si me demoro 5 o 6 meses? Mi padre tiene cáncer y obvio que me preocupa más mi familia que mi nacionalidad, pero ya que estoy te pregunto, debo darme de baja en el consulado o algo asi, no se....o tramitar algun papel antes de marcharme?
Disculpame la insistencia y te agradezco de verdad tanto la rapidez como la colaboración.
Muchas gracias
María
No debes de hacer nada.
Si te quedas mucho tiempo en Argentina, podrías matricularte en el consulado de España como española residente en Argentina, pero en principio no tiene sentido
Gracias Javier!
Así que entro como argentina a Argentina y salgo como española. Y llegado el caso de quedarme mucho tiempo me voy a inscribir al consulado como española residente en el exterior, correcto?
Perdoname, entre una cosa y otra ando con la cabeza en la luna como te podés imaginar. Espero que todo salga bien.
Gracias infinitas!!!!!! No te podés imaginar lo que te agradezco porque en estos temas nadie sabe nada. Ni siquiera portales "supuestamente importantes"!!!
Sos un angel.
Gracias!!!!
María
Hola, me llamo Carolina, mi abuela emigro a Uruguay en 1951 ya casada, mi padre nació en 1956,en su partida de nacimiento uruguaya mi abuela figuara como española, se que se nacionalizó uruguaya despues de 1965 pero no se exactamente cuando, mi padre opto por la nacionalidad española en 2005 por el art. 20.1.b., y reside actualmente en España. Yo naci en 1979, estoy casada desde 2003, y quisiera saber si con la nueva ley podre solicitar la nacionalidad española, gracias.
Podrás optar por el Anexo 2, si demuestras la fecha en que llegó a Uruguay.
Lo otro sería ver con quien estaba casada tu abuela, o sea de qué nacionalidad era, pues tu padre puede haber nacido español y debió de haber recuperado (quizás).
Javier, gracias por tu respuesta, ahora otra consulta, podre hacerlo con el pasaporte de mi abuela, el cual tiene los sellos de entrada al Uruguay en el año 51???, con esta bastaria??, gracias nuevamente
Hola, buenas noches. Quisiera me aclararan algunas dudas respecto al trámite de nacionalidad ya que en el Consulado aquí en Montevideo no me saben responder.
1) Mi madre es española de nacimiento, a los 14 años emigró a Uruguay con su madre(mi abuela).
Mi abuela jamás se nacionalizó uruguaya y falleció en el año 1986.
Por otra parte mi madre, si se nacionalizó uruguaya por el año 1988 u 89 aproximadamente.
Yo soy ciudadana española desde el año 1995. En el año 2008 fuí mamá por primera vez y deseo realizar el trámite de ciudadanía para mi hija.
En el consulado aquí en Montevideo, me dicen que debo tramitar la ciudadanía para mi hija por ser NIETA de española y no hija, o sea, que el beneficio lo obtendría debido a que mi madre es española.
A su vez cuando realicé el trámite vía internet de concertación de cita previa, se me pide opte por un Anexo y las opciones que ofrecen son:
a) "Las personas cuyo padre o madre hubiese sido originariamente español
b)Este derecho también se reconocerá a los nietos de quienes perdieron o tuvieron que renunciar a la nacionalidad española como consecuencia del exilio”.
c)Personas que ya optaron a la nacionalidad española no de origen, según el art. 20.1 b) del Código Civil, en la redacción dada por la Ley 36/2002, de 8 de octubre. Actualmente, rellenando y presentando este anexo en la Embajada o Consulado General de España, los interesados podrán optar a la nacionalidad española de origen, si lo consideran conveniente. (Anexo III)
Mi hija no entra en ninguna de las opciones (a mi entender), ya que no es hija de madre originariamente española, tampoco es nieta de alguien que renunció a la ciudadanía española ya que mi madre no renunció a su ciudadanía, y mucho menos la opción c.
Pregunta: cuál es el formulario correcto que debo llenar para tramitar la ciudadanía de mi hija? Cuáles son los documentos que debo presentar?
2) Otra cuestión es mi situación particular, yo me hice ciudadana española, como antes mencioné, y según he leído podría optar por la ciudadanía de origen tan solo llevando mi pasaporte al Consulado y expresando mi voluntad de hacerlo.
Lo que no se es, si cuando realicé mi trámite opté por la "nacionalidad española NO de origen según el artículo 20.1 b) del Código Civil".
Pregunta: Debo realizar este trámite o no?
Perdón por lo extenso y la cantidad de preguntas pero aquí es imposible que algún funcionario del consulado se detenga siquiera a escuchar lo que uno desea preguntar, lo único que hacen es pasarlo a uno de sección en sección perdiendo días enteros sin obtener respuestas.
Muchas gracias por la colaboración que puedan prestarme en aclarar mis dudas
Gabriel y Leticia: No es necesario que me expliques sobre la calidad de la atención del consulado en Montevideo. Sin ambargo, y aunque no lo he tenido que comprobar, están peor el Cuba o República Dominicana.
Pasando al tema. Tu hija nació española por nacer de madre española. Es una española de origen (origen=nacimiento). Desde 1978, las mujeres españolas transmiten la nacionalidad.
Por lo tanto debes de INSCRIBIR SU NACIMIENTO. No es opción, no es ley de nietos, ni cita por el MAEC, ni nada. Los de la recepción son particularmente incapaces. Dudo que les paguen por su tarea.
Lo otro que resta ver es tu situación. Supongo que optaste en 1995 por alguna disposición transitoria. No me quedó claro si tu madre nació española por nacer de madre soltera o por nacer de padre español pero poco importa. Si nació española, que se haya nacionalizado uruguaya en 1988 poco importa. Importaría ver si contrajo matrimonio con uruguayo antes. Y cuando naciste vos. Sospecho que estamos ante una nueva comedia de enredos.
Si no querés publicar datos personales, deja tu email.
O quizás recuperaste la nacionalidad en 1995.
Si tuvieras tu acta de nacimiento española, al margen debe decirlo
Hola Javier, agradezco infinitamente tu ayuda para aclararme.
Mi email es lemanti@gmail.com.
Te comento que entonces nací en el momento justo porque mi fecha de nacimiento es 3 de enero de 1978.
1)Referente a mi situación la verdad es que no se si opté en el 95 a la ciudadanía por alguna disposición transitoria, ya que el trámite lo inició mi madre cuando yo tenía 15 años (en 1993) y finalizó en 1995 aprox. (todo esto es a memoria pura) cuando me otorgaron un número de inscripción (o algo así) el cual posteriormente vi en mi pasaporte.
2)Referente a mi madre te comento lo siguiente: mi mamá y mi abuela materna (ambas nacidas en España) emigraron a Uruguay solas en 1951 ya que mi abuelo materno murió en la Guerra Civíl Española. Mientras mi abuelo estaba sirviendo en la guerra nació mi madre en 1937, por lo cual mi madre es hija de madre soltera ya que mis abuelos no eran casados.
3)Referente al matrimonio de mi madre te comento: que efectivamente mi mamá se casó en el año 1955 con mi papá el cual es uruguayo, hijo de españoles. Es decir, que mis abuelos paternos, ambos, abuelo y abuela eran españoles. Nunca se nacionalizaron uruguayos y fallecieron hace ya muchos años.
4)Concerniente al acta de nacimiento española, claro que no la tengo. Qué horror!!!
Cada vez me faltan más documentos esto es de nunca acabar !.
Abusando de tu amabilidad y conocimientos podrías guiarme en lo que tengo que hacer?
Un abrazo,
Leticia.-
hola soy romina y queria saber si me podrían decir :cuanto tiempo hay q esperar paratener una respuesta despues de haber hecho la peti´ción de la nacinalidad???yo la he pedido hace 3 meses ...se q es muy poco tiempo pero q tengo q hacer ??? me llegara a mi domicilio una respuesta o debo llamar???
No tengo preguntas,en este sitio están bien claras todas las respuestas.
Mi interés es felicitar a quien lleva de la mano esta brillante fuente de información, exhaustiva y completa, según mi criterio la mejor manera de informarse sobre nacionalidad española es entrar a este blog.
Hola Carlos y Javier
Mi abuelo emigro de Galicia (Espania) a Argentina (Bs As) en 1915.
Alli se caso con una Argentina.
(Mi abuelo siempre mantuvo su ciudadania espaniola.)
Tuvo tres hijas una de ellas mi mama. Maria Alicia.
Ella nacio en el 1928. Nunca tomo la ciudadania espaniola.
Ella murio en el 1992.
Yo naci en el anio 1958.
Quiero tramitar la ciudadania espaniola. Entra mi caso dentro de la ley para obtenerla.?
Mi pregunta es: Ella perdio su nacionalidad espaniola por que no se hizo ciudadana espaniola durante su vida?
O sea se corto la cadena de nacionalidad en mi caso?
O Ella por haber nacido en Argentina entra en este caso: "...La adquisición de la nacionalidad de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, no es bastante para producir, conforme a este apartado, la pérdida de la nacionalidad española de origen….”
Mucho les agradecere cualquier tipo de informacion
Saludos
Charlie
Si, puedes optar por el Anexo 1
http://nacionalidades.blogspot.com/2008/12/cita-previa-ley-de-memoria-histrica.html
Hola, felicidades x su apoyo a todos nosotros, tengo una duda mi padre nacido en Mexico en 1927, mi abuelo se nacionalizo mexicano en 1941 y registro a mi papa como padre soltero en 1942, o sea a los 14 años de edad, en el acta de nacimiento de mi padre dice-ORIGEN DEL PADRE ESPAÑOL., sin embargo una nota aclaratoria en la misma acta dice - PADRE NATURALIZADO. Es posible q yo obtenga la nacionalidad española??
Nuevamente muchas gracias.
Maria de los Angeles
Si puedes conseguir su carta de naturalización en la SRE en que conste que lo hizo luego de nacido tu padre, podrás optar por el Anexo 1
Javier, muchas gracias ya tengo la carta de naturalizacion de mi abuelo, las actas de nacimiento de mi padre y abuelo, matrimonio de mis padres, y acta mia, ya estan apostilladas, en fin ahora solo espero q todo funcione como deseo, porq aqui en el Consulado me dijeron q no se podia ya q el acta de mi padre dice NATURALIZADO, aunque le señale q cuando nacio mi padre mi abue era español,no me dieron esperanza alguna, Muchas gracias, por el apoyo minimo siento q me dan una luz de esperanza.
un abrazo
Maria de los Angeles
Si el acta de nacimiento de tu padre dice que nació de padre español, si tienes la carta de naturalización y se naturalizó mexicano luego de nacido tu padre, debes de usar el Anexo 1.
Puedes optar, sin dudas. Y si te lo deniegan, debe de ser por escrito
Javier, muchas gracias x el apoyo y las respuestas inmediatas, espero q ya no haya mas problemas y se solucione todo, en octubre 2009 tengo cita en la Embajada de España, porq aqui en mi ciudad me pusieron muchos pretextos, les informo como van las cosas y nuevamente muchas gracias por todo.
Maria de los Angeles
En efecto, debes de ir a los Consulados Generales, porque en los honorarios no solamente no saben nada sino que no quieren hacer trabajo honorario.
Lo que no tengo claro es si te pedirán actas de defunción de tu padre y abuelo.
Hola nuevamente, pues en los requisitos no me solicitaron actas de defuncion, solo de nacimiento y matrimonio, seria bueno llevarlas?? y un comentario muy personal, no entiendo xq existen Consulados Honorarios sino quieren hacer su trabajo o lo desconocen, sin embargo he recibido mucha ayuda por parte de ustedes en solamente 2 dias, cuando al Consulado me hicieron ir minimo 4 veces, q pena q sucedan estas cosas.
Gracias
Ma.de los Angeles
Si no te resulta complicado conseguirlas, lo mejor es tenerlas porque si viajas especialmente para este trámite...
Pero depende de cada consulado. A mi no me las pidieron, pero no vivo en México.
Los consulados honorarios son para entregar documentos y que sean reenviados al Consulado General correspondiente.
Si a un funcionario remunerado de un Consulado General no se le puede creer nada de lo que dice, entonces imagínate para uno que ni siquiera cobra
hola, soy nueva, exelente blog, quiero saber, porque obtuve la nacionalidad espanola por la ley de nietos, y ahora viaje a USA, y me case aqui, y entre en tramite de residencia. que debo hacer. pierdo la nacionalidad espanola. debo inscribirme en el consulado de aqui. gracias.
Si vas a residir allí, deberías de inscribirte como residente en el consulado.
Y si alguna vez obtienes la nacionalidad estadounidense, luego presentarte al consulado de España a firmar la conservación de la nacionalidad española.
saludos, quisiera saber, si al obtener la nacionalidad espanola por la nueva ley de nietos, spoy espanola de origen o por opcion?? y cuales causas llevarian a que yo la pierda, bajo este regimen?? gracias
Con esta ley, optaras pero sera categoria de origen. Las causas de perdida estan en el codigo civil que puedes leer aqui en el blog
Hola quiero felicitarlos por este blog ,en mi caso particular me entere de muchas cosas que no sabia y me han ayudado muchisimo ,aunque todabia sigo haciendo preguntas xq aun no me he atrevido a entregar los papeles por miedo ya que me tratan muy mal cada vez que voy al registro civil.Aun asi si algun dia consigo tenerlos seguire siempre aqui porque siempre hay temas nuevos y me parece genial que haya gente que se preocupe por responder cada consulta y asesorarnos por buen camino porque saben muchisimo.muchas gracias a ustedes por estar ahi y cada vez que alguna persona me pregunta sobre nacionalidad recomiendo su pagina porque es la mejor.De parte de anita ,(cordoba ,argentina)actualmente residiendo en valencia.MUCHAS GRACIAS!!!
Hola, yo soy un colombiano y estuve casado durante 3 años con una española por esta via obtuve la nacionalidad española en febrero de este año, ahora ella y yo estamos en tramite de divorcio y mi intencion es regresar a colombia durante un largo tiempo,
mi pregunta es si existe un limite de tiempo para estar fuera de españa y perder la nacionalidad? o si debo hacer algun tramite aca en españa antes de viajar? o si existe algun motivo por el cual pudiera perder mi nacionalidad española.
Agradezco mucho su colaboracion....
Alexander Galindo.
No perderás la nacionalidad. Solamente que obtengad una nacionalidad no iberoamericana, en cuyo caso debes de presentarte a conservar la española.
hola un saludo desde Usa un consulta mi padre es espanol por naturalizacion hace 10 anos el nacio en peru , yo tengo 30 anos naci en peru tambien hay alguna manera que pueda acceder a los papeles espanoles o alguna ley que me pueda beneficiar para viajar a espana
Entiendo que tu padre obtuvo la nacionalidad por residencia. Pero eso no te da ningún beneficio.
Obtuve la nacionalidad española por residencia....Puede cambiarse esa nacionalidad sobrevenida por la de Origen??? ya que mi abuelo era español y mi padre nacio antes de que el se nacionalizara argentino???
a quien se considera español de origen????
Muchas gracias
Si, es posible.
http://nacionalidades.blogspot.com/2008/03/cambiar-nacionalidad-sobrevenida-por-de.html
Muy buen dia
Mi pregunta es como certificar que el abuelo era español de nacimiento si los registros civiles donde debe constar su naciemiento fueron incendiados en 1936. Existe alguna disposicion oficial al respecto? imagino que hay muchos casos similares al mio.
Mi abuelo nacio en 17Mayo1880 en Quatretonda, Valencia y emigro muy joven a Venezuela.
Muchisimas gracias, excelente blog!
Guadalupe
10 octubre, 2009
Debes conseguir su fe de bautismo, averigua en la parroquia de la zona en donde nació, o través de la Diócesis correspondiente.
Buenas..
Mi pregunta es la siguiente..
Regreso a Argentina por temas familiares y quiero saber si pierdo la nacionalidad española que adquirí por residencia en el 2006 ( no renuncié a la argentina, tengo la doble nacionalidad)Perdonen mi ignorancia pero me gustaría saber que debo hacer para mantenerla. Ahora me tengo que ir, pero seguramente en unos años volveré y no quiero tener problemas.
Y que diferencia hay entre nacionalidad y ciudadania???? yo pued optar por algo definitivo??
Mis disculpas si ya lo han respondido pero ya ni veo de tanto leer cosas!!!
Y SIEMPRE ES UN GUSTO ENTRAR EN ESTA PAGINA, SIN DUDA LA QUE MEJOR NOS INFORMA!!!!!!
He preguntado en unos cuantos lugares y como siempre nos mandan de un sitio al otro.
Graciassssssssssss!!
María L.
No la pierdes, pero manten tu pasaporte siempre vigente, y regístrate en el consulado para sufragar.
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POR FAVOR antes de hacer una consulta lee un poco mas para no hacer consultas repetidas.
Son importantes la fecha de nacimiento del abuelo/a, la fecha en que se nacionalizó en el pais al que emigró, si se casó con un extranjero en el caso de las mujeres, si hubo algún casamiento antes de llegar a los 21 años de edad, si los hijos nacieron antes o después que el emigrante español se nacionalizara, la fecha de nacimiento del hijo pertinente, y si es hijo varón si hizo servicio militar y cuándo, y la fecha de nacimiento suya, que seguramente es nieto del español emigrante. Si las fechas son exactas, mejor.
Muchas gracias.