tag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post6211596668746109174..comments2024-03-02T15:32:19.456-08:00Comments on Nacionalidad Española: Españoles indocumentados en UruguayCarloshttp://www.blogger.com/profile/12804068713331420613noreply@blogger.comBlogger14125tag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-50644275765346965702014-03-18T18:09:41.752-07:002014-03-18T18:09:41.752-07:00He considerado muy interesante todos los comentari...He considerado muy interesante todos los comentarios porque en realidad se detecta un aporte real.Juan Jose Ipiñahttps://www.blogger.com/profile/08455986651915350079noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-49899602217000637972014-03-18T18:08:44.970-07:002014-03-18T18:08:44.970-07:00Amigos: Desde el 2011 que estoy solicitando la nac...Amigos: Desde el 2011 que estoy solicitando la nacionalidad española y me han pedido de todo y, leyendo los comentarios puedo observar que hay algunos que son muy letrados; asi y todo les expongo mi caso respetuosamente:<br />Mi abuelo llego indocumentado a Argentina. Mencionó su nombre, su lugar de nacimiento y su nacionalidad.<br />Vivió, se casó con otra española (con todo en regla), tuvo 4 hijos (uno de ellos mi padre), y con el tiempo falleció, siempre como español.<br />Mi padre, de nacionalidad argentina no hizo el Servicio militar pues no salió llamado, falleció tambien. Y yo, aspirando a la nacionalidad española para que mis hijos puedan optar a la misma alguna vez e irse a vivir a Europa, terminar sus estudios o lo que sea he llevado al Consulado todo lo que me han pedido, salvo el certificado de nacimiento de mi abuelo que acaba de aparecer en Bilbao despues de mil búsquedas, pero con el nombre de Eulogio en vez de Eusebio. Podré optar a la nacionalidad?, a cual: a la de origen o a la de opción.<br />Gracias de antemano por vuestra atención.<br />Juan JoseJuan Jose Ipiñahttps://www.blogger.com/profile/08455986651915350079noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-68469169371668609472013-11-05T03:43:39.231-08:002013-11-05T03:43:39.231-08:00Perdona por contactarte por aquí no he encontrado ...Perdona por contactarte por aquí no he encontrado como enviarte un mensaje privado. Era para presentarte un proyecto de emprendeduría sobre abogacía muy interesante. ¿Me puedes mandar un email (contacto@leyrespuestas.es) para enseñarte más información? ¡No vendo nada! :) muchas graciasAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-43069097351946624922013-03-11T05:20:18.198-07:002013-03-11T05:20:18.198-07:00Muy interesante.
Si alguien precisa orientación le...Muy interesante.<br />Si alguien precisa orientación les ofrezco mi colaboración, echen un vistazo a www.tramiteslegales.es<br /><br />Un saludo a todos/as!Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/02118772679232218063noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-23424476731473482032012-12-05T01:22:30.845-08:002012-12-05T01:22:30.845-08:00Javier, ¿por qué quitaste tu entrada de "DGRN...Javier, ¿por qué quitaste tu entrada de "DGRN: LOS FARSANTES Y EL PRETÉRITO PERFECTO DEL SUBJUNTIVO" :/?<br /><br />Creo que era muy interesante...Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/01423108728528888442noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-82684918518563675372011-07-25T09:36:00.680-07:002011-07-25T09:36:00.680-07:00Supongo que podría hacerlo solamente el ministerio...Supongo que podría hacerlo solamente el ministerio fiscal llevando el tema a la justicia, pero claro que no en tu caso que es sencillo.Javierhttps://www.blogger.com/profile/12117748225894824285noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-70032006950720317022011-07-25T07:56:48.264-07:002011-07-25T07:56:48.264-07:00hola javier
Puede un encargado del registro consu...hola javier<br /><br />Puede un encargado del registro consular apelar una resolucion de la DGRN una vez que esta dicte sentencia? Graciasjavierhttps://www.blogger.com/profile/03002349408023917240noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-60277948721281257452011-07-23T21:19:40.915-07:002011-07-23T21:19:40.915-07:00precisamente es a la DIRECCION GENERAL DE LOS REGI...precisamente es a la DIRECCION GENERAL DE LOS REGISTROS Y DEL NOTARIADO es a quien debes de dirigirte si tienes problemas en el registro civil consular de La Habana.<br />Si ya hace mas de 1 año de que presentaste el recurso, y ahora le comunicas a la DGRN que tienes un documento para aportar, tu recurso será estimado.<br />Tambien puedes quejarte al MAEC dado que el cónsul es funcionario del MAEC pero en mi experiencia ello no sirve demasiado. Están para protegerse, cual integrantes de una mafiaJavierhttps://www.blogger.com/profile/12117748225894824285noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-47060718892195406502011-07-23T21:14:55.039-07:002011-07-23T21:14:55.039-07:00Gracias Javier por tu respuesta, pero en mi caso h...Gracias Javier por tu respuesta, pero en mi caso ha habido una violacion del orden juridico, al determinar el consul en la Habana que no tengo el derecho a presental solicitud por filiacion materna con arreglo ala ley 52/07,( teniendo todos los papeles en regla), por tener en estos momentos una apelacion por la misma ley en el DGRN pero por filiacion paterna. Tal vez, mi pregunta era mas dirigida a donde puedo dirigirme a plantear una queja? Sucede que el consulado de la Habana usa como arma de castigo unas impugnaciones ilegales para asi los interesados se vean forzados hacer apelaciones a la DGRN asi creando dilaciones forzadas en su caso. Espero tu respuesta <br /><br />Graciasjavierhttps://www.blogger.com/profile/03002349408023917240noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-62306792765414723722011-07-22T18:39:22.773-07:002011-07-22T18:39:22.773-07:00haz lo siguiente
Envia por un correo confiable, di...haz lo siguiente<br />Envia por un correo confiable, directamente a la DGRN, un escrito informando que tienes un recurso numero tal en espera de ser resuelto y que puedes optar por Anexo 1 dado que ahora puedes probar que tu madre es una persona originariamente española y que el consul en Cuba se niega a dar curso a tu nueva solicitud precisamente en espera de la resolucion.Javierhttps://www.blogger.com/profile/12117748225894824285noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-11603257772472668582011-07-22T14:44:17.872-07:002011-07-22T14:44:17.872-07:00Hola:
Gracias por tu blog muy informativo. Mi caso...Hola:<br />Gracias por tu blog muy informativo. Mi caso es en el 2009 mi padre le niegan la recuperacion de la nacionalidad española. El interpone causa ante el DGRN.En ese mismo año 2009 me niegan la solicitud de la nacionalidad esta vez por arreglo a ley 52/07 por ser hijo, igualmente interpongo causa ante la DGRN. Estos casos todavia estan pendiente a resolucion hace mas de año y medio. Mi madre despues del encontrar los papeles indicados logra hacer la recuperacion de la nacionalidad española en 2010.En febrero de 2011 presente expediente esta vez por filiacion materna en el consulado local (New York). Habiendo nacido en Cuba se remite al consulado en la Habana.Sorprendentemente , recibo noticia de el consulado de la Habana me niega presentar expediente por ley 52/07 esta vez por filiacion materna ya que yo tengo un caso pendiente por resolucion por filiacion paterna por la misma ley. Te explico todo esto ya que agradeceria que me asesoraras creo en mi opinion que han cometido una acto ilicito del orden juridico, ya que la ley es taxativa "madre o padre". Como en todo caso tengo derecho por mi madre, pense que es la via mas rapida ala obtencion de la nacionalidad ya que lo de mi padre esta empantanado en la DGRN. Te pido de favor me asesores y si se cometio un acto ilicito donde debo de dirigirme ya que en el consulado local son mudos, la excusa es ellos solo tramitan no toman decisiones es decir solo son una agencia de correos. Espero tu respuesta. Graciasjavierhttps://www.blogger.com/profile/03002349408023917240noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-75451326631327122522011-07-20T22:49:56.952-07:002011-07-20T22:49:56.952-07:00Esos son los telefonos, por el sitio web tambien, ...Esos son los telefonos, por el sitio web tambien, pero demoran meses en responder.Javierhttps://www.blogger.com/profile/12117748225894824285noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-40748173922223789912011-07-20T16:03:59.160-07:002011-07-20T16:03:59.160-07:00Interesantisimo el articulo que expones. Me encant...Interesantisimo el articulo que expones. Me encantaria poder hacer este tipo de investigaciones para denunciar los abusos.<br /><br />Recuerdas mi caso? Por si no lo recuerdas lo puedes leer en http://nacionalidades.blogspot.com/2010/09/los-farsantes-de-la-dgrn-y-el-preterito.html#comments<br /><br />No aun puedo hacer seguimiento de mi expediente (porque no poseo su numero) ante el Ministerio de Justicia en su sitio web. A esta altura no se cual ha sido la resolucion de la DGRN de aquel recurso que inicie en Mayo de 2009.<br /><br />Tu me sugeriste que llamara a un 902. Pero no me has dicho el numero completo. Estoy en el exterior, y no se si podre acceder al mismo.<br /><br />Segun el sitio de Atencion al Ciudadano del M. de Justicia existen Teléfonos de atención al ciudadano:<br />902 007 214 - 91 837 22 95<br /><br />¿Son estos telefonos los cuales debo consultar?<br /><br />Tambien se que existe un formulario electronico segun http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/es/1200666550254/Contacto.html pero podria solicitar informacion sobre cual es mi numero de expediente y asi acceder al estado de mi recurso ante la DGRN preguntando alli?<br /><br />Se que son unas cuantas preguntas pero con tu excelente conocimiento de la administracion española tengo fe me puedas informar.<br /><br />Te envio un gran abrazo<br /><br />Saludos<br />PA-Philosophicalhttps://www.blogger.com/profile/05650959053630402302noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-68539513830935981672011-07-19T20:49:18.511-07:002011-07-19T20:49:18.511-07:00Estoy estupefacto por lo que leo en este artículo ...Estoy estupefacto por lo que leo en este artículo y confirma mis sospechas de que cada consul interpreta la ley como le parece. Algunos bien y otros...Ignaciohttps://www.blogger.com/profile/03909801619766338163noreply@blogger.com