tag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post3650726188167116988..comments2024-03-02T15:32:19.456-08:00Comments on Nacionalidad Española: Nietos de Exiliadas – La Farsa continúaCarloshttp://www.blogger.com/profile/12804068713331420613noreply@blogger.comBlogger83125tag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-62123097373932995252015-01-07T16:28:47.822-08:002015-01-07T16:28:47.822-08:00MUY BUENAS TARDES QUISIERA SABER SI AUN ESTA VIGEN...MUY BUENAS TARDES QUISIERA SABER SI AUN ESTA VIGENTE TRAMITAR LA DOBLE NACIONALIDAD SI SOY NIETA DE ESPAÑOL MI PADRE YA FALLECIO PERO EL TAMBIEN TENIA LA DOBLE NACIONALIDAD TENGO 27 AÑOS POR FA AYUDENME GRACIAS <br />Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/03579474524010554072noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-54850031569376403042013-10-30T11:08:10.887-07:002013-10-30T11:08:10.887-07:00Buenas Javier, mi consulta es la siguiente, mi pad...Buenas Javier, mi consulta es la siguiente, mi padre y madre son nietos de españoles pero en vida mis abuelos jamas tramitaron la ciudadania española, hoy fui al consulado y me dijeron que solo podian tramitarla los hijos de españoles directos y me dieron esta web www.cgeonline.com.ar para que este a la espera de alguna ley nueva, yo esperaba que al ser nietos ellos pueda acceder alguno para luego yo tramitarla, aunque tengo 25 años.<br />Espero tus comentarios, <br />Saludos,<br />Gonzalo. gonzohttps://www.blogger.com/profile/14122579862038565812noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-25023587850010869672013-10-30T11:05:06.889-07:002013-10-30T11:05:06.889-07:00Buenas Javier, te hago la siguiente consulta, mis ...Buenas Javier, te hago la siguiente consulta, mis padres son nietos de españoles ambos pero en vida mis abuelos no gestionaron la ciudadania, que posibilidades tienen ellos de sacarla, para luego hacerlo yo. <br />hace un rato fui al consulado español y creo que estuve 2 minutos dentro je, me pasaron la web www.cgeonline,com.ar y me dijeron que solo podian acceder a ella los hijos directos de españoles. que tenia que esperar a que salga alguna Ley nueva.<br />Espero tus comentarios,<br />Saludos,<br />Gonzalo.gonzohttps://www.blogger.com/profile/14122579862038565812noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-37446912688713212972012-10-28T09:15:01.748-07:002012-10-28T09:15:01.748-07:00Abuela nacida en La Gomera, Tenerife en 1930. Inmi...Abuela nacida en La Gomera, Tenerife en 1930. Inmigró a Venezuela en marzo de 1955 y mi padre nació en abril de 1955 (días después de llegada mi abuela a Venezuela). Mi padre nunca hizo servicio militar. Mi padre recuperó la nacionalidad en 2009. Yo nací en diciembre de 1981. Solicité la inscripción en enero de 2012. Fue denegada la solicitud, por estar fuera del plazo para la Ley 52/2007, pero ignorando la Ley 20/2011. ¿Es legal?<br /><br />Segun yo, mi padre no perdió la nacionalidad, y yo tampoco. Y aun así, aunque la hubiese perdido, la Ley 20/2011 me hubiese dado plazo hasta el 23 de julio de 2012.<br /><br />¿Estoy en lo correcto? ¿Existe manera de que revisen de nuevo los documentos o debo, forzosamente, apelar ante la DGRN?Luis Daniel Mesa Velásquezhttps://www.blogger.com/profile/17669655071263005301noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-22188073867975237352011-07-27T02:38:45.987-07:002011-07-27T02:38:45.987-07:00Tus hijas podrían optar, por Anexo 2. Si quieres, ...Tus hijas podrían optar, por Anexo 2. Si quieres, deja tu email para poder ver esa declaración. Además tu abuela no fue, en principio, mexicana de nacimiento ya que nació de padres extranjeros.Javierhttps://www.blogger.com/profile/12117748225894824285noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-60868170129863917992011-07-26T22:52:48.618-07:002011-07-26T22:52:48.618-07:00Este comentario ha sido eliminado por el autor.Raquelhttps://www.blogger.com/profile/17824059532710908248noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-10067426557016355882011-07-01T09:36:15.165-07:002011-07-01T09:36:15.165-07:00ok, yo pensé que estabas en Argentina.
Tu hermano ...ok, yo pensé que estabas en Argentina.<br />Tu hermano nunca estuvo bajo la patria potestad de un español por lo tanto no puede optar.Javierhttps://www.blogger.com/profile/12117748225894824285noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-46978566841663415882011-07-01T09:34:01.692-07:002011-07-01T09:34:01.692-07:00Gracias por la respuesta pero no me queda claro un...Gracias por la respuesta pero no me queda claro una cosa. Mi hermano nació el 8 de noviembre de 1988. En Colombia la mayoría de edad se alcanza a los 18 años, es decir que la alcanzó en en 2006 cuando nuestro padre aun no era español. Para cuando mi padre recibió la nacionalidad española (Julio de 2009) el tenía 20 años casi a las puertas de cumplir 21 años. Tiene hasta Diciembre de este año para optar? Por Opcion (Codigo civil) o por origen (Disposición Adicional Septima)?<br /><br />Si es en el plazo de 2 años después de los 18 sería hasta año 2008 osea que ya venció el plazo. Si venció el plazo puede hacer algo a la luz de la constitución española del 78 y del código civil vigente?<br /><br />GraciasBitacora de un visionariohttps://www.blogger.com/profile/16488592427067820298noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-28518824441525374572011-07-01T08:27:16.777-07:002011-07-01T08:27:16.777-07:00Si, puede optar en el plazo de 2 años desde que de...Si, puede optar en el plazo de 2 años desde que dejó de ser menor, o sea el 31 de diciembre de 2009.Javierhttps://www.blogger.com/profile/12117748225894824285noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-46127290051886833222011-07-01T06:59:37.668-07:002011-07-01T06:59:37.668-07:00Hola Javier. Una ultima consulta:
Cuando mi padr...Hola Javier. Una ultima consulta:<br /><br />Cuando mi padre recibió la nacionalidad en el 2009 mi hermano no había cumplido los 21 años. Faltaban unos meses. Puede optar?Bitacora de un visionariohttps://www.blogger.com/profile/16488592427067820298noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-48108416416270882992011-06-29T06:43:49.245-07:002011-06-29T06:43:49.245-07:00Si tu padre lleva solamente los apellidos de su ma...Si tu padre lleva solamente los apellidos de su madre, puede haber nacido español.Javierhttps://www.blogger.com/profile/12117748225894824285noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-71959111461429358992011-06-28T17:55:49.996-07:002011-06-28T17:55:49.996-07:00Tengo una consulta Javier... Mi abuela nació en 1...Tengo una consulta Javier... Mi abuela nació en 1932 como te conté fuera de españa y fue registrada en 1940 en consulado. Mi padre nació en 1953, año en el que el código civil español vigente dice literalmente en cuanto a lo referente a la nacionalidad: <br /><br />Artículo 17<br />Son españoles:<br />1º Las personas nacidas en territorio español.<br />2º Los hijos de padre o MADRE españoles, aunque hayan nacido FUERA de España.<br /><br />Sin embargo, la nacionalidad la obtuvo siendo mayor de edad hace un par de años. <br /><br />En la sección http://nacionalidades.blogspot.com/2007/04/nacionalidad-juri-sanguinis-vs-juri.html se menciona: <br />Muchas veces me he encontrado con hijos de españoles nacidos en América que dicen "fui al consulado español y me dieron la nacionalidad porque mi padre era español" yo les digo "no, tu naciste español porque tu padre era español al momento de tu nacer" y casi siempre responden ... "NO, yo no nací español, yo nací en Uruguay"!!! <br /><br />Si no se registró el nacimiento se pierde la nacionalidad? Nunca la tubo realmente hasta hace 2 años? Que hace realmente que se haga efectiva la nacionalidad: El hecho de nacer hijo de padre o madre español? ¿el hecho de registrarlo y cumplir con este aspecto? ¿hasta cuando lo pudo registrar?<br />Mil graciasBitacora de un visionariohttps://www.blogger.com/profile/16488592427067820298noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-42690350037880224062011-06-28T17:26:34.978-07:002011-06-28T17:26:34.978-07:00Si, la conocía. No sirve para nada, a lo sumo podr...Si, la conocía. No sirve para nada, a lo sumo podrán optar 50 personas.Javierhttps://www.blogger.com/profile/12117748225894824285noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-57993613412532485262011-06-28T17:00:14.170-07:002011-06-28T17:00:14.170-07:00Hola Javier..... Sabes algo de la enmienda que hay...Hola Javier..... Sabes algo de la enmienda que hay en proceso? Te dejo este enlace : http://www.cronicasdelaemigracion.com/articulo/cronicas/2011-06-20/nietos-abuelas-exiliadas-mantuvieron-nacionalidad-podran-optar-ella/12967.htmlBitacora de un visionariohttps://www.blogger.com/profile/16488592427067820298noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-52091823851956676282011-06-24T17:48:32.449-07:002011-06-24T17:48:32.449-07:00Tu padre optó por la nacionalidad de origen. Se tr...Tu padre optó por la nacionalidad de origen. Se trata de una ficción legal, pues tu padre no fue español de origen.<br />No puedes optar ni por Anexo 1 ni por Anexo 2.<br />Puedes presentar recurso pero no hay ninguna posibilidad de que sea estimado. Sería un ejercicio inútil. <br />Quizá en el futuro haya alguna nueva ley y puedas optar.Javierhttps://www.blogger.com/profile/12117748225894824285noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-20013255608319726542011-06-24T15:21:02.758-07:002011-06-24T15:21:02.758-07:00a)Asi es, el optó por la disposición 7a de la ley ...a)Asi es, el optó por la disposición 7a de la ley 52/2007. Pero entonces, ¿¿como puede ser que mi padre y todos sus hermanos tengan ahora la nacionalidad española de origen siendo mi abuela la española??<br /><br />b)Siendo mi abuela española mas no exiliada ni nacida no españa, ¿sería vieble presentar documentos esta vez por anexo II?<br /><br />c) ¿Como se hace valer el principio de igualdad Articulo 14 de la constitución para estas situación?<br /><br />Muchas gracias JavierBitacora de un visionariohttps://www.blogger.com/profile/16488592427067820298noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-70088451651320008582011-06-24T15:07:26.154-07:002011-06-24T15:07:26.154-07:00Imagino que tu padre optó por la nacionalidad de o...Imagino que tu padre optó por la nacionalidad de origen en virtud de la disposición adicional 7a de la Ley 52/2007.<br />Tu ya eras mayor de edad y por lo tanto no puedes optar. Tampoco fue tu padre una persona originariamente española pues aparentemente nació de padre colombiano.Javierhttps://www.blogger.com/profile/12117748225894824285noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-59011301384066587182011-06-24T14:55:54.869-07:002011-06-24T14:55:54.869-07:00Hola Javier. Tengo varia consultas importantes. Mi...Hola Javier. Tengo varia consultas importantes. Mi bisabuelo era español nacido en Cordoba en 1907 e ingresó a Colombia en 1917. Mi abuela nació en Barranquilla en 1932 y fue registrada en el consulado de Barranquilla en 1940. Mi padre y mis tios nacidos en Medellín (Colombia), hijos de mi abuela, presentaron su documentación hace ya 2 años y les fue otorgada la nacionalidad española de origen a los pocos meses a pesar que mi abuelo no era español y si lo era mi abuela. He leído atentamente tus comentario y veo que las mujeres no transmitian la nacionalidad. Como puede ser que mi padre y mis tíos tengan ahora la nacionalidad de origen?? (literalmente así dice en el registro civil). Yo he presentado papeles y me han denegado la nacionalidad puesto que no estoy ni he estado bajo la patria potestad de un español. Tengo 28 años y presenté documentos por el anexo 1 y ahora quiero interponer recurso argumentando que mi abuela al ser originariamente española en el momento de nacer mi padre es este también originariamente español, por consiguiente yo, a pesar de que en el momento de mi concepción el no lo fuera explicitamente ante la autoridad española competente. He leido atentamente la ley y no encuentro donde mencionan que sea el abuelo y no la abuela la que transmita la nacionalidad. También he leido que la constitución de 1978 en el articulo 14 dice textualmente "Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, SEXO, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social." <br /><br />Por favor, dame una luz ya que tengo que presentar estos papeles la semana que viene y no se como afectan las leyes anteriores mi situación actual.Bitacora de un visionariohttps://www.blogger.com/profile/16488592427067820298noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-89671993071781414212011-05-17T17:56:41.986-07:002011-05-17T17:56:41.986-07:00No olvides de guardar fotocopia de todos los docum...No olvides de guardar fotocopia de todos los documentos, pues en ese consulado de mierda pueden perderte los originales o botarlo a la basura. Dónde se ha visto que se exija depositar documentos en un buzón. Acaso esta gentuza del consulado piensa que se trata de un sorteo por un televisor?Javierhttps://www.blogger.com/profile/12117748225894824285noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-82365349543632439322011-05-17T17:54:21.069-07:002011-05-17T17:54:21.069-07:00Si tienes la isncripción de nacimiento española de...Si tienes la isncripción de nacimiento española de tu padre, eso es todo lo que precisas.<br />Si te deniegan la solicitud, presenta recurso. La instrucción de 4 de noviembre de 2008 indica que debes de presentar el acta de nacimiento de tu padre expedida por un registro español, y tu propia acta de nacimiento cubana. Solo eso.<br /><br />El cónsul de España pide documentos imposibles de conseguir, para complicar.Javierhttps://www.blogger.com/profile/12117748225894824285noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-1707315688534078232011-05-17T17:49:41.979-07:002011-05-17T17:49:41.979-07:00Este comentario ha sido eliminado por el autor.Acisclohttps://www.blogger.com/profile/14068964146130129315noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-91301531116228279112011-04-24T10:22:10.929-07:002011-04-24T10:22:10.929-07:00Muchas gracias!Muchas gracias!Carlos Mhttps://www.blogger.com/profile/17448208044073558143noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-5787610000942007172011-04-24T07:37:29.145-07:002011-04-24T07:37:29.145-07:001-Cualquiera que nace de progenitor español, es es...1-Cualquiera que nace de progenitor español, es español<br /><br />2-Si son menores de 18, pueden optar por la nacionalidad española<br /><br />3-Descarga la GUIA DEL RETORNO<br /><br />4-No lo se.Javierhttps://www.blogger.com/profile/12117748225894824285noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-73621352170486713922011-04-24T07:30:17.069-07:002011-04-24T07:30:17.069-07:00Hola, espero estés muy bien!
Gracias a tus consejo...Hola, espero estés muy bien!<br />Gracias a tus consejos, me darán la nacionalidad española por origen. y me gustaría me ayudaras con unas preguntas que tengo, te las listo a continuación:<br /><br />1.Tengo una duda, me han dicho en la embajada: que mis hijos que son menores de 18 solo tiene derecho a nacionalidad por opción, es cierto? y que pasa con los hijos d ellos?<br /><br />2. Mis hijos, tienen derecho a sacar pasaporte español y poder viajar?<br /><br />3. Donde puedo buscar información para retornar a España?<br /><br />4. Como busco trabajo en España? hay organizaciones que ayudan con este asunto?<br /><br />Gracias por todo. AbrazosCarlos Mhttps://www.blogger.com/profile/17448208044073558143noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-4876528797039419085.post-90855997082434177952011-04-13T03:24:48.652-07:002011-04-13T03:24:48.652-07:00Hola Javier, muchisimas gracias, ahora por fin lo ...Hola Javier, muchisimas gracias, ahora por fin lo tengo todo claro,Con tu ayuda me ahorre tiempo pero sobre todo disgustos y malos tratos.Haces una labor maravillosa.<br />"El bien que hemos hecho nos da una satisfacción interior, que es la más dulce de todas las pasiones"<br />René DescartesGesyhttps://www.blogger.com/profile/00182089434388004928noreply@blogger.com